Corte de Apelaciones de Chillán rechaza recurso de protección contra programa de televisión

La solicitud fue hecha en contra de TVN por la emisión del programa “Maestros del Engaño”.

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La Corte de Apelaciones de Chillán rechazó el recurso de protección presentado por empresario y centro de salud, en contra de Televisión Nacional (TVN) por la emisión del programa “Maestros del Engaño”, emitido al 23 de julio de 2020, y de toda reproducción o mención de dicho capítulo en redes sociales, internet y señales de televisión.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso, tras establecer que el actuar de la parte recurrida se ajusta a la normativa institucional vigente, sin que se le pueda formular reproche de ilegalidad.

“Estos sentenciadores no adquieren convicción de la existencia de un acto ilegal o arbitrario cometido por la recurrida. Lo obrado se enmarca en un programa periodístico de investigación, cuyo contenido se refiere a la conducta de un individuo que ha sido condenado por delitos que atentan contra la salud pública, dando a conocer situaciones acaecidas tanto en el extranjero como en Chile, en las que han intervenido los tribunales de justicia y la autoridad sanitaria”, sostiene el fallo.

La resolución agrega que de lo expuesto se concluye, que el actuar de la recurrida que se cuestiona en el recurso se ha ajustado a la normativa institucional vigente, sin que se le pueda formular reproche de ilegalidad.

“Por otro lado, se entiende por acto arbitrario, aquel que obedece a un mero capricho o antojo de su autor, sin que haya sido motivado por un fundamento racional, carente de toda lógica y sin que exista proporción entre los motivos y el fin que se desea alcanzar, lo que no ha ocurrido en la especie”, añade.

“Por estas consideraciones y atendido, además, lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por los abogados Francisco Muñoz Navarro y Abraham Quezada Saldías, en nombre y representación de Omar Antonio Becerra Pardo e Inmunosalud SpA, en contra de Televisión Nacional de Chile”, concluye.

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