Justicia argentina confirma procesamiento de expresidente por violencia de género

El exmandatario peronista fue procesado por lesiones leves doblemente agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género en, al menos, dos oportunidades, sumado a lesiones graves agravadas por violencia de género y amenazas coactivas.

Un tribunal argentino de segunda instancia confirmó este martes el procesamiento del expresidente argentino Alberto Fernández (2019-2023) en una causa que lo investiga por los delitos de lesiones leves agravadas, lesiones graves y amenazas coactivas contra su expareja y exprimera dama Fabiola Yáñez.

«Confirmar el procesamiento de Alberto Fernández, con los alcances establecidos en los considerandos», señala el fallo de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional.

Por dos votos a uno, la sala II del tribunal no hizo lugar a los planteos de nulidad solicitados por la defensa y dejó al exmandatario peronista a un paso del juicio oral.

Las pruebas incorporadas a la causa demuestran «que la relación se encontraba atravesada por violencia habitual y constante, fundamentalmente psicológica, con episodios de violencia física recurrente», refirió la denominada Cámara Federal.

El tribunal de segunda instancia consideró que hubo un «contexto de violencia de género signado por la particular relación asimétrica de poder entre Alberto Ángel Fernández y Fabiola Andrea Yáñez».

«Por lo menos desde el año 2016 hasta el 6 de agosto del 2024, el imputado se habría aprovechado de la especial situación de vulnerabilidad preexistente al vínculo en la que se encontraba inmersa la nombrada», aduce.

Las acusaciones que enfrenta el exgobernante, que el 4 de febrero prestó declaración indagatoria ante el juez federal Julián Ercolini y el 18 de ese mes fue procesado, pueden conllevar penas de entre tres y 18 años de prisión.

El exmandatario peronista fue procesado por lesiones leves doblemente agravadas por haberse cometido en un contexto de violencia de género en, al menos, dos oportunidades, sumado a lesiones graves agravadas por violencia de género y amenazas coactivas, todos estos delitos en concurso real entre sí.

El magistrado dio por probada la evidencia que recolectó el fiscal que actúa, Ramiro González, en la causa que inició Yáñez en agosto de 2024, cuando se hicieron públicas unas conversaciones y fotografías con la entonces secretaria de Fernández, María Cantero, en las que daba cuenta de la violencia que sufrió.

«Tras los informes elaborados por las profesionales de la División de Asistencia a la Víctima se puede observar con claridad que durante ocho años la víctima atravesó diversos estadios emocionales, enmarcados en distintas etapas de violencia, que le fueron quitando determinación y voluntad para salir de esa situación o pedir ayuda o denunciarlo ante las autoridades», puntualizó Ercolini en su resolución de febrero.

El titular del juzgado en lo Criminal y Correccional Federal Nº 10, cuyo apartamiento solicitó Fernández sin éxito, descartó también las acusaciones que presentó el exmandatario contra su pareja.

«Pretender justificar las lesiones que aquí se le imputan son fruto de episodios de alcoholismo/adicción de la querella, cuando la prueba desarrollada en este apartado da sostén a su participación, no hace más que demostrar la conducta del nombrado quien continúa desvalorizándola como persona», sentenció el magistrado.

El exjefe de Estado además está imputado en otra causa que investiga las intermediaciones que hubo con la contratación de seguros por parte de organismos públicos durante su gestión.

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