Corte Suprema confirma condena por homicidio en caso de «detención ciudadana» en La Florida
En un fallo unánime, la Segunda Sala de la Corte Suprema confirmó las sentencias que condenaron a Mauricio Alejandro Meza Arredondo, Jorge Andrés Torres Abayai y Manuel Alejandro Quezada Salazar por el delito de homicidio simple, ocurrido en marzo de 2022 en la comuna de La Florida.
El tribunal ratificó la pena de 5 años y un día de presidio efectivo para Meza Arredondo y de 4 años de reclusión efectiva para Torres Abayai y Quezada Salazar, en calidad de coautores del ilícito.
La resolución, adoptada en la causa rol 3.592-2024, fue emitida por los ministros Leopoldo Llanos, María Teresa Letelier, María Cristina Gajardo y los abogados integrantes Carlos Urquieta y José Miguel Valdivia. Los magistrados rechazaron los recursos de nulidad presentados por las defensas de Meza Arredondo y Quezada Salazar, tras el desistimiento del abogado de Torres Abayai.
Según el fallo, los condenados actuaron en conjunto para agredir a la víctima, a quien inmovilizaron y golpearon reiteradamente, provocándole lesiones fatales. La Corte concluyó que la sentencia del tribunal de primera instancia se ajustó a derecho, respetando los principios de congruencia y derecho a la defensa.
En el análisis de los hechos, se destacó que la participación de los acusados fue acreditada mediante pruebas materiales, testimoniales y periciales. Los registros de video y las declaraciones de testigos identificaron a los involucrados, describiendo sus vestimentas y acciones durante la agresión.
La resolución subrayó que los jueces del tribunal oral actuaron dentro de sus facultades soberanas al valorar las pruebas y que su decisión estuvo debidamente fundamentada, descartando cualquier arbitrariedad en el proceso.
Finalmente, la Corte Suprema resolvió: «Se rechazan los recursos de nulidad deducidos por las defensas de los sentenciados Manuel Alejandro Quezada Salazar y Mauricio Meza Arredondo contra la sentencia dictada el 2 de octubre de 2023 por el Séptimo Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago. En consecuencia, las condenas permanecen vigentes».