Caso Manicure: Corte de Temuco confirma la prisión preventiva de diputado Mauricio Ojeda

La Tercera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la resolución, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, al compartir que la libertad del desaforado del ex militante del Partido Republicano constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la investigación.

La Corte de Apelaciones de Temuco confirmó hoy la medida cautelar de prisión preventiva dictada en contra de Mauricio Antonio Ojeda Rebolledo, imputado por el Ministerio Público como autor de dos delitos consumados de fraude al fisco y un tercero frustrado. Ilícitos perpetrados durante 2022, en el marco de los convenios suscritos entre el Gobierno Regional y fundaciones.

En fallo unánime (causa rol 36-2025), la Tercera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación interpuesto por la defensa, en contra de la resolución, dictada por el Juzgado de Garantía de Temuco, al compartir que la libertad del desaforado diputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y para el éxito de la investigación.

“Que, respecto a la necesidad de cautela prevista en la letra c) del mismo artículo y cuerpo legal citado, esta Corte teniendo en cuenta la gravedad de los hechos investigados, la multiplicidad de los mismos, y las características de los ilícitos que se le atribuyen al imputado, específicamente, dos delitos de fraude al fisco en carácter de consumados y uno en carácter de frustrado. Asimismo, se valora el hecho de que dichos actos habrían sido ejecutados en grupo o pandilla, junto con el quantum de las penas que podrían imponerse en caso de condena, considerando además que no sería posible acceder a penas sustitutivas”, sostiene el fallo.

La resolución agrega: “Que, también se pondera la conducta del imputado posterior al inicio de la investigación, específicamente su participación en reuniones con otros coimputados para, aparentemente, realizar maniobras destinadas a obstruir la investigación, así como la destrucción de un celular de su propiedad, lo que refuerza la necesidad de la medida cautelar impuesta”.

Para el tribunal de alzada, en la especie: “(…) finalmente, se considera especialmente reprochable el uso indebido de fondos fiscales destinados a programas de asistencia para mujeres en situación de vulnerabilidad, recursos que pertenecen a todos los habitantes del país, y cuyo desvío agrava la responsabilidad del imputado”.

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