Leyes peruanas impiden a Alberto Fujimori presentarse como candidato a la Presidencia
El indulto no extingue las condenas ni la responsabilidad penal de Fujimori comforme recoge el Artículo 107j de la Ley Orgánica Electoral, que prohíbe postularse a los condenados por delitos de corrupción y porque no ha abonado las reparaciones civiles a las que ha sido condenado (Artículo 107h).
Las leyes actualmente vigentes en Perú impedirían al expresidente Alberto Fujimori presentarse como candidato presidencial debido a que está condenado por corrupción y porque no ha pagado las reparaciones civiles por 57 millones de soles (unos 14 millones de euros) a los que ha sido condenado.
Fujimori tiene 85 años de edad y fue presidente entre 1990-2000. Además ha sido condenado también por los 16 asesinatos cometidos contra comunidades campesinas de La Cantuta y Barrios Altos para presentarlos como guerrilleros de Sendero Luminoso.
Este domingo su hija y líder del partido Fuerza Popular, Keiko Fujimori, ha anunciado que Alberto Fujimori será el candidato presidencial por su formación política para las elecciones presidenciales de 2026.
«Mi padre y yo hemos conversado y decidido juntos que él será el candidato presidencial», ha anunciado Keiko Fujimori a través de una publicación en su perfil de la red social X en la que ha adjuntado un vídeo en el que comenta la conversación que tuvo con su padre después de que se afiliara formalmente al partido.
Fujimori fue indultado en 2018 debido a su mal estado de salud que incluso se argumentó hacía que su muerte estuviera cercana. Ahora parece estar mucho mejor de salud, por lo que el indulto podría ser revocado por la actual presidente, Dina Boluarte, como ya ocurrió en 2011 con el indulto de José Enrique Crousillat por decisión del entonces presidente Alan García.
Además, el indulto no extingue las condenas ni la responsabilidad penal de Fujimori comforme recoge el Artículo 107j de la Ley Orgánica Electoral, que prohíbe postularse a los condenados por delitos de corrupción y porque no ha abonado las reparaciones civiles a las que ha sido condenado (Artículo 107h).
«No olvidemos que el señor Alberto Fujimori sufrió condenas de corrupción. Es más, aceptadas por él. Una de ellas es el mal llamado pago de la CTS a Vladimiro Montesinos (el exasesor de Inteligencia) por 15 millones de dólares», ha recordado el experto constitucionalista Luciano López, citado por el diario ‘Perú21’.
Los también constitucionalistas Aníbal Quiroga y Ernesto Blume han insistido en que el indulto no le exime de su condición de condenado porque no ha sido amnistiado.
Quiroga ha citado los artículos 33 y 107 de la Constitución. «El artículo 33 de la Constitución suspende la ciudadanía a todos los que tienen una sentencia condenatoria vigente y el artículo 107 impide a las personas condenadas postular a la Presidencia, más aún si son deudores de reparaciones civiles», ha recordado.
También el expresidente del Tribunal Constitucional Ernesto Blume ha expresado sus dudas. «Me parece incongruente que se le indulte a un ciudadano (Fujimori) y luego está postulando a la Presidencia», ha resaltado.
«El indulto es el perdón del resto de la pena que se encuentra pendiente. Y, por lo tanto, libera de cumplir esa parte, la pena pendiente, pero no convierte a ese condenado en inocente ni borra sus antecedentes ni constituye una rehabilitación plena que lo habilite a postular», ha declarado. (Europa Press)