Ministra Andrea Muñoz aprueba ampliación de extradición de Alberto Fujimori por violaciones a derechos humanos

Esta medida, relacionada con cinco casos graves de violaciones a los derechos humanos, incluye las esterilizaciones forzadas cometidas durante su mandato (1990-2000).

 

La ministra instructora de la Corte Suprema de Chile, Andrea Muñoz Sánchez, dictaminó hoy, lunes 24 de junio, la ampliación de la extradición del ex presidente peruano Alberto Fujimori. Esta medida, relacionada con cinco casos graves de violaciones a los derechos humanos, incluye las esterilizaciones forzadas cometidas durante su mandato (1990-2000).

El fallo, correspondiente a la causa rol 71.850-2021, considera que existen elementos suficientes para justificar la extradición en relación a los casos señalados, los cuales son consistentes con las normativas del tratado de extradición entre Chile y Perú y con diversas convenciones internacionales de derechos humanos, como la Convención de Belém do Pará, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y el Estatuto de Roma.

Detalles del fallo

La resolución detalla que las pruebas presentadas indican que durante el gobierno de Fujimori se implementó una Política de Planificación Familiar agresiva, enfocada en mujeres de bajos recursos y de comunidades rurales e indígenas, a las cuales se sometió a esterilizaciones quirúrgicas sin el debido consentimiento informado y bajo condiciones precarias. Estas acciones resultaron en la pérdida irreversible de la capacidad reproductiva para muchas mujeres, así como en graves daños físicos y psicológicos, e incluso en la muerte en algunos casos.

Según la ministra Muñoz, estas esterilizaciones constituyen una violación de derechos fundamentales reconocidos internacionalmente, como el derecho a la vida, a la integridad física y mental, y a la salud sexual y reproductiva. La ejecución de este programa se basó en metas y cuotas impuestas a los profesionales de la salud, incentivándolos a cumplir con estas prácticas sin considerar el consentimiento de las pacientes, lo cual ha sido ampliamente documentado y reconocido por el propio Estado peruano en diversas acciones de reparación a las víctimas.

La ministra destacó que el propósito de esta política era reducir la pobreza mediante la disminución de la tasa de natalidad, un objetivo que, según la resolución, priorizó de manera deshumanizada los intereses económicos por encima de los derechos individuales y la dignidad de las personas afectadas.

Capítulos aprobados para la extradición

La resolución incluye cinco capítulos específicos de extradición aprobados:

Secuestros y homicidios de la familia Ventocilla: Seis miembros de esta familia fueron secuestrados y asesinados por agentes del Estado, en un acto de crueldad extrema que forma parte de una estrategia sistemática de exterminio.

Homicidios durante el rescate de la Embajada de Japón: El asesinato de Nicolás Cruz Sánchez y otros rehenes del Movimiento Revolucionario Túpac Amaru (MRTA) tras la toma de la embajada en Lima.

Masacre en el Penal Castro Castro: Homicidios y lesiones graves a 40 personas durante un ataque contra internos acusados de terrorismo, llevado a cabo con una violencia desproporcionada y con la intención de eliminar a los prisioneros.

Esterilizaciones forzadas: Lesiones graves y muertes de mujeres sometidas a esterilizaciones sin su consentimiento, en un programa que se ejecutó de manera coercitiva y sin respetar los derechos reproductivos de las afectadas.

Secuestros agravados de militares: Se incluyen en esta ampliación los secuestros agravados de un grupo de militares, considerados como parte de una política sistemática de violación de derechos humanos.

Rechazo de otros cargos

La corte rechazó las solicitudes de extradición por otros tres casos, al no encontrar suficientes pruebas para justificar la participación de Fujimori en los hechos o al considerar prescritas las acciones penales. Estos incluyen:

Suministro ilegal de armas, asociación ilícita y conspiración.
Peculado y asociación ilícita para delinquir.
Revelación de secreto de interés nacional.

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El Periodista