El juez titular de 9° Juzgado de Garantía de Santiago, Hugo Salgado, tras tres jornadas de alegaciones, decidió finalmente dictar las cautelares de arresto domiciliario total y arraigo naciona para la exalcaldesa de Maipú, Cathy Barriga, imputada de un millonario fraude al fisco y falsificación de documento público por la fiscalía.
De esta forma el magistrado, quién no consideró a Barriga un peligro para la sociedad, escuchó las razones de la defensa que alegó «improcedencia» de la solicitud de prisión preventiva que hizo la Fiscalía en contra de la imputada.
Según el Ministerio Público, la gravedad de lo hecho en Maipú, equivale a 914 veces lo defraudado por la ex alcaldesa Karen Rojo, 565 veces por lo defraudado por Democracia Viva, 28 veces por lo defraudado en Vitacura, 20 veces por lo defraudado en Algarrobo.
En ese marco, la Fiscalía Oriente solicitó la medida cautelar de prisión preventiva contra Barriga. Durante la audiencia además se mencionó a su esposo, el diputado Joaquín Lavín (UDI), a quien se apuntó por eventuales contactos con el círculo de confianza de Barriga e injerencias en la toma de decisiones del municipio. Por ello, el oficialismo envió al parlamentario a la Comisión de Ética de la Cámara, siendo éste el primer coletazo político del caso.
El letrado defensor de Barriga, por su parte, para descartar las acusaciones de las fiscales, había señalado que contra su defendida existía «sesgo político, fáctico y jurídico»
El abogado Marcelo Hadwa, además, había sostenido que la cautelar de prisión preventiva no se justificaría, entre otras cosas, porque no existe peligro de fuga, porque se trata de una persona conocida, y porque es madre cuidadora.
«Uno de los intereses que hace cambiar el juego, y que lleva a no aplicar la prisión preventiva; el primero de ellos, es el interés superior del niño. En el caso de mi representada, es madre de tres hijos, y es cuidadora de dos de esos hijos, uno ya es mayor de edad, pero uno de esos niños tiene un cuadro médico del cual ya nos hemos referido, ya mandamos información al tribunal», comenzó señalando el abogado. Luego, agregó que «lo que sí puedo decir, es que mi representada, tiene la calidad de madre cuidadora, no es una situación que se pueda reemplazar, ni se pueda decir ‘se queda el padre con el hijo’, no, es una situación, y más allá de eso no me voy a extender, a petición de la propia familia, pero es madre cuidadora y cumple un rol fundamental para el desarrollo y el interés fundamental de ese niño e incluso, respecto del otro niño».
Respecto a eso, el abogado hizo referencia a las Reglas de Bangkok, «porque esta regla la ha aplicado la Corte Suprema, incluso la Corte de Apelaciones», sostuvo. En esa línea, leyó que: «la regla de Naciones Unidas para el tratamiento de las reclusas y medidas no privativas de libertad para las mujeres delincuentes señala que al dictar sentencia sobre medidas previas al juicio respecto de una mujer embarazada o de una persona que sea la fuente primaria única de cuidados de un niño, se debería dar preferencia a medidas no privativas de libertad cuando se trate de delitos graves o violentos», argumentó. También mencionó otra regla, donde señala que incluso «un breve periodo en la cárcel», podría resultar riesgoso para el niño que está al cuidado.
El Tribunal, además, decretó la prohibición a Barriga a acercarse a los otros imputados en la causa.