Todos los imputados por asociación ilícita en Curanilahue quedan en prisión preventiva
La Corte de Concepción revocó la decisión del juez de garantía y dictó el máximo castigo cautelas a los supuestos miembros del Movimiento Resistencia Mapuche Lafkenche.
La Corte de Apelaciones de Concepción revocó hoy la resolución dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue y dejó sujetos a la medida cautelar de prisión preventiva a Darwin Aarón Carrillo Rodríguez, Juan Bernardo Faúndez Medina, Javier Alexander Fonseca Carrasco, Luis Marcelo Berna Toledo y Víctor Ignacio Maldonado Millaur, imputados por el Ministerio Público como autores del delito consumado de asociación ilícita. Ilícito desde principios de 2021, en la comuna de Curanilahue.
Con esto los 11 detenidos, supuestos miembros del Movimiento Resistencia Mapuche Lafkenche, quedaron en la cárcel.
En fallo unánime (causa rol 1301-2023), la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por el ministro Claudio Gutiérrez Garrido y las ministras Valentina Salvo Oviedo y Jimena Troncoso Sáez– dio lugar al recurso de apelación deducido por los querellantes y ordenó la prisión preventiva de los imputados por considerar que su libertad constituye un peligro para la seguridad de la sociedad.
“Que en relación a la necesidad de cautela respecto de los imputados Darwin Carrillo, Juan Faúndez, Javier Fonseca, Luis Berna y Víctor Maldonado, que es lo único cuestionado en las apelaciones, debe tenerse presente el carácter y la gravedad del delito de que se trata y su penalidad, su forma de comisión, bien jurídico protegido que, en el caso del ilícito de que se trata, es pluriofensivo dado especialmente el carácter y número de delitos vinculados directamente con la asociación ilícita de que se trata, y además, la zona geográfica en que ellos eran perpetrados. En el caso específico de los imputados Darwin Carrillo y Luis Berna, debe considerarse, además, el hecho que al momento de desarrollarse los delitos que se les atribuyen, pertenecían a Carabineros de Chile, de modo tal que resulta evidente que les perjudica la circunstancia prevista en el artículo 12 N° 8 del Código Penal”, consigna el fallo.
Por tanto, se resuelve que: “se revoca, en lo apelado, la resolución recurrida de veintiuno de septiembre en curso, dictada por el Juzgado de Letras y Garantía de Curanilahue, que no dio lugar a decretar la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto de los imputados Darwin Aarón Carrillo Rodríguez, Juan Bernardo Faúndez Medina, Javier Alexander Fonseca Carrasco, Luis Marcelo Berna Toledo y Víctor Ignacio Maldonado Millaur, declarándose en cambio que ella les queda impuesta”.
Según el ente persecutor, desde principios de 2021, en Curanilahue, un grupo de personas integrado por los once imputados y otras personas -parte de la Organización Resistencia Mapuche Lafkenche- bajo la fachada de la “Sociedad de transporte y arriendo de maquinarias Fonseca SPA” se dedicaron a cometer ilícitos como sustracción de madera a las empresas Arauco y Mininco en sectores de las comunas de Cañete, Arauco y Curanilahue. En esos mismos actos se realizaron otros delitos como robos con intimidación y/o violencia; ataques incendiarios o agresiones a personas. Contando para ello, con la cobertura y apoyo de funcionarios de Carabineros, uno activo y otro en retiro.