INDH logró condena en contra de tres gendarmes por torturas perpetradas en ex Penitenciaría de Santiago
Se trata del primer fallo condenatorio por el delito de torturas en contra de personal de Gendarmería con una víctima bajo custodia del Estado, tipo penal introducido en el código chileno en 2016, adecuando la normativa a los estándares internaciones en la materia
El Cuarto Tribunal de Juicio Oral (TJOP) en lo Penal de Santiago declaró culpables del delito de torturas a los funcionarios de Gendarmería C.F.R.S., M.A.C.M. y M.A.M.S., quienes agredieron a una persona privada de libertad en el Centro de Detención Preventiva (CDP) Santiago Sur (ex Penitenciaría), producto de lo cual esta víctima resultó con la amputación de la falange de uno de sus dedos. La sede de la Región Metropolitana del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) actuó como querellante en esta causa y acompañó psico-jurídicamente a la víctima y su familia durante todo el proceso penal.
La directora del INDH, Consuelo Contreras, indicó que “los hechos que se han conocido, dan cuenta de una actuación abusiva por parte de tres agentes del Estado, quienes agredieron violentamente a una persona que se encontraba bajo su custodia. Esta es la primera condena por el delito de torturas dentro de una cárcel chilena, la tortura es una realidad y esto constituye un llamado de atención acerca de las condiciones en que las personas privadas de libertad deben cumplir sus castigos en nuestro país”.
Los jueces dieron por acreditado que la tarde del 13 de mayo de 2020, en el Centro de Detención Preventiva Santiago Sur, tras una discusión una persona privada de libertad fue golpeada por M.A.C.M., C.F.R.S. y M.A.M.S. Primero en una celda, con pies, puños y un bastón de seguridad, además de arrojarle gas pimienta al rostro. Luego, en el sector llamado la “pecera” y a puertas cerradas, M.A.C.M. lo atacó en su mano izquierda con un cuchillo cartonero y le cercenó parte de los dedos medio, anular y meñique, sin que C.F.R.S. y M.A.M.S. lo impidieran.
A raíz del ataque, la víctima tuvo fracturas expuestas y heridas cortantes en tres dedos de la mano izquierda, con pronóstico médico grave. Más aún, sufrió la amputación de parte de la falange del anular izquierdo, dejándole secuelas permanentes y definitivas que influyen en su capacidad laboral y funcional en forma importante, dado que afecta su mano dominante, además de secuelas estéticas notoriamente visibles y deformantes. Dichos perjuicios califican las lesiones como graves.
El delito de torturas por el cual fueron declarados culpables los funcionarios de Gendarmería fue introducido en el Código Penal chileno en 2016, mediante la ley 20.968, que precisamente Tipifica el Delito de Tortura y de Tratos Crueles, Inhumanos y Degradantes.