La ley que aumenta el salario mínimo, con gradualidad, hasta los $500.000 y que entrega una serie de apoyos y subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas, entre otros beneficios, fue promulgada y publicada la tarde de ayer en el Diario Oficial. De este modo, se cumple uno de los compromisos del programa de gobierno del Presidente Gabriel Boric.
Lo anterior, luego de que el lunes la Cámara de Diputados y Diputadas despachó la iniciativa, en su tercer trámite constitucional, con 85 votos a favor, 55 en contra (todos de oposición) y 2 abstenciones.
Cabe recordar que el proyecto que fue aprobado por el Congreso ingresó el 24 de abril para su tramitación legislativa por parte del Ejecutivo, luego de que este, a través de los ministerios del Trabajo y Previsión Social y de Hacienda, alcanzó un acuerdo con la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).
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El detalle de la ley
Como medida central, la ley establece el alza del salario mínimo hasta alcanzar los $500.000 durante el próximo año, a través de la siguiente gradualidad: un incremento desde los actuales $410.000 a $440.000 el 1 de mayo de 2023; luego, a $460.000 el 1 de septiembre de 2023; y, posteriormente, a $500.000 el 1 de julio de 2024.
Junto a ello, y en caso de que el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado durante 2023 supere el 6%, se realizará un alza previa de $10.000 el 1 de enero de 2024, quedando el salario mínimo en $470.000 en dicha fecha, para después continuar con la gradualidad anteriormente descrita.
Posterior a esa fecha, se contempla, a todo evento, un reajuste automático del ingreso mínimo mensual conforme el IPC que se registre entre los meses de julio-diciembre de 2024 y que se concretará en enero del 2025.
Además, y también en acuerdo con la CUT, la ley contempla reajustar los tramos de la Asignación Familiar a partir de mayo de 2023, lo que aumentará la cobertura y los beneficios de los actuales afiliados, fijándose diferentes tramos hasta los $1.175.196.
En torno al Subsidio Mensual para alcanzar un Ingreso Mínimo Garantizado que rige hasta el 31 de diciembre de 2023, según consta en la Ley N° 21.218, la ley ajusta los parámetros para beneficiar a las y los trabajadores con ingresos mensuales de hasta $500.000, extendiendo así su vigencia desde el 31 de diciembre de 2023 al 30 de junio de 2024. Esto, pues al 1 de julio del mismo año, el ingreso mínimo mensual ya alcanzará dicho monto.
Apoyo a las Mipymes y Cooperativas
Para apoyar a las micro, pequeñas y medianas empresas a cumplir con el reajuste del ingreso mínimo mensual, se diseñó un subsidio que consiste en un esquema de montos para cada uno de los periodos de alza del salario mínimo, el que varía según tamaño de empresa.
Además, se creó un mecanismo de protección que se activa en caso de que las condiciones macroeconómicas del país empeoren y tiene, por efecto inmediato, aumentar los montos que recibirán las empresas de menor tamaño.
La discusión en el Senado permitió fortalecer el diseño de este subsidio que incluyó el proyecto original del Gobierno, aumentando el número de empresas beneficiarias:
• El subsidio se amplía también para aquellos trabajadores que registren un sueldo entre $411 mil y $500.000.
• Ya no se diferencia entre beneficiarias antiguas (del subsidio anterior) y nuevas, para los distintos aspectos del subsidio. Sin perjuicio de lo cual, el monto por trabajador entre los meses de mayo y agosto de 2023 será de $10.000 superior para las beneficiarias del subsidio anterior, respecto de quienes no accedieron o no lo solicitaron el año pasado. Este fue un compromiso adquirido en los gremios de MiPymes en la negociación y que estamos manteniendo.
• Se actualizó la forma en que uno mira la cantidad de trabajadores. Ahora, el SII determina el mejor mes de entre enero y abril de 2023 que le permita a la beneficiaria obtener el monto total más alto posible. Este ajuste garantiza que siempre se mirará el mejor escenario para la empresa, dentro de los marcos de la ley.
El subsidio estará vigente hasta abril de 2025. Con todos estos ajustes, el subsidio irá en beneficio de cerca de 180 mil MiPymes y Cooperativas. Esto representa un esfuerzo del Estado superior a los $320.000 millones, que en caso de activarse el mecanismo de protección estaría cercano a los $400.000 millones.
¿Cómo acceder?
Tal como se hizo el año pasado, todas las empresas (MiPymes y Cooperativas, fundaciones y comunidades) deberán solicitar el beneficio una única vez en el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII), accediendo con clave única o tributaria.
Junto con el subsidio, se comprometieron varias medidas complementarias para apoyar a las MiPymes y Cooperativas. Destacan:
• La extensión del beneficio de la tasa del 10% del impuesto de primera categoría a empresas acogidas al régimen pro pyme durante 2023 y mantener la tasa en un 12,5% durante 2024.
• Otorgar discusión inmediata al proyecto de compras públicas, que tiene importantes mejoras para asegurar la participación de las MiPymes y cooperativas en las compras del Estado.
• Permitir la renovación de los permisos de circulación sin perjuicio de la existencia de deudas referidas a los préstamos solidarios.• Otorgar urgencia al proyecto de olvido financiero para proteger a las empresas de evaluaciones crediticias injustas.
• Extender hasta marzo 2024 el beneficio de alivio de deuda tributaria.
• Garantizar la participación efectiva de las MiPymes en el Consejo Superior Laboral.
• Trabajar con el Ministerio de Energía ayudas para las MiPymes frente al alza de la cuenta de la luz.
• Construcción de un plan de desarrollo estratégico de las MiPymes y modernización del Estatuto MiPyme.