Caso Dammert y FBI: Consejo para la Transparencia da último plazo a Subsecretaría de Relaciones Exteriores para entregar información
El organismo explicó que continúa vigente la decisión de dar a conocer los antecedentes sobre las comunicaciones oficiales sostenidas entre los gobiernos de EEUU y Chile, citados para desmentir que ex asesora presidencial entregó testimonio en el marco de una investigación por narcotráfico, y estableció una prórroga para cumplirla de 5 días.
El lunes 8 de mayo vence el plazo establecido por el Consejo para la Transparencia (CPLT) para dar cumplimiento a lo ordenado por su Consejo Directivo en el marco del amparo rol C11599-22 contra la Subsecretaría de Relaciones Exteriores, la cual encabeza Gloria de la Fuente, ex presidenta del CPLT, y que estableció que dicha institución debe entregar detalles de las conversaciones sostenidas entre los gobiernos de Estados Unidos y Chile. Estas comunicaciones fueron citadas para desmentir que la ex asesora de la Presidencia de la República, Lucía Dammert, prestó declaración en el marco de una investigación por narcotráfico impulsada por el FBI.
El Consejo informó vía resolución exenta (Nº 182 del 28 de abril) que en un listado de casos en los que no hubo respuesta, entre ellos, el que involucra a la ex asesora y a la mencionada Subsecretaría, el plazo establecido por la Ley de Acceso a la Información caducó, por lo que se dio una prórroga única y extraordinaria de cinco días hábiles contados desde la notificación de la misma, para responder con los antecedentes que correspondan a la decisión.
El titular del Consejo, Francisco Leturia, explicó que de no cumplirse en la fecha que corresponde, la norma contempla la posibilidad de establecer multas, las que pueden ir desde un 20% a un 50% de la remuneración del jefe de servicio, en este caso de la Subsecretaria de Relaciones Exteriores. Sin embargo, para el presidente del CPLT lo más relevante es la sanción social. Al respecto comentó: «muchas veces lo que más importa, es el juicio de reproche de la ciudadanía y la opinión pública, por haber afectado un derecho fundamental y haber incumplido la ley».
“El acceso a la información pública es clave para que la comunidad pueda opinar y tomar decisiones, para que exista la libertad de expresión y de prensa, que son las bases de cualquier democracia”, señaló el representante del Consejo.
Sobre el desmentido
El amparo involucra las comunicaciones mantenidas entre los gobiernos de Chile y Estados Unidos, las que fueron citadas en un comunicado que en su momento difundió el Ejecutivo para desmentir un eventual vínculo entre la ex asesora de la Presidencia, Lucía Dammert y una investigación del FBI.
Agregó que «Sin duda el tema es delicado, porque no es bueno que se despierten dudas sobre la real existencia de dicha comunicación oficial con EEUU que fue citada en el comunicado como antecedente, o peor aún, que se haya perdido. Por eso, el escenario ideal es que dicha información se entregue. No es mucho pedir. Básicamente quien llamó, a quién, y cuándo», explicó.
Asimismo, destacó que este caso «muestra que la institucionalidad está funcionando bien. El solicitante alegó y gracias a ello, probablemente la información sea entregada. Y si no, la persona que incumpla la ley, recibirá el mismo trato y las mismas sanciones, sin importar que sea un exconsejero o un ex presidenta del CPLT, o una persona cualquiera».
El organismo reclamado se negó a entregar la información argumentando que las conversaciones aludidas se habían transmitido verbalmente, por lo que no existiría soporte documental que permitiera atender a lo consultado.
En el marco de este requerimiento, se solicitó acceso a detalles como “la fecha y hora en que se produjeron, si se trató de comunicación presencial, telefónica o de otro tipo, en qué lugar ocurrió, y principalmente, quiénes fueron los interlocutores oficiales que tuvieron esas comunicaciones a través de vías verbales”, acorde a lo establecido en la solicitud.