Corte Suprema rechaza amparo que pretendía revertir prisión preventiva a microtraficante extranjero sin rut
La resolución de hoy del máximo tribunal confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso pronunciado hace 10 días, que no advirtió ilegalidad en la prisión preventiva ordenada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, fundada en la causal legal de peligro de fuga.
En lo que constituye el primer pronunciamiento de la Corte Suprema respecto al instructivo de solicitar ante tribunales prisión preventiva para imputados indocumentados, la Segunda Sala Penal rechazó hoy en forma unánime un recurso de amparo presentado por la Defensoría Penal Pública en favor de un extranjero sin rut provisorio en Chile, formalizado por microtráfico.
“No cabe duda que es una resolución que nos permite estar optimistas”, dijo el Fiscal Nacional, Ángel Valencia, tras conocer el fallo. “Lo valoramos muchísimo pues ratifica la facultad de los jueces de ponderar peligro de fuga en casos de personas que no es posible identificar oficialmente, pero debemos tomarlo con mucha cautela, esperando la llegada de muchos nuevos casos que ya se están discutiendo en las cortes de apelaciones”, agregó.
La resolución de hoy del máximo tribunal confirmó un fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso pronunciado hace 10 días, que no advirtió ilegalidad en la prisión preventiva ordenada por el Juzgado de Garantía de Viña del Mar, fundada en la causal legal de peligro de fuga.
“Que no se advierte ilegalidad alguna en la resolución dictada el once de abril pasado por la juez Eliana Uribe, puesto que se trata de una resolución judicial dictada por autoridad competente, en uso de sus atribuciones legales, y en la forma prescrita por la ley, que decreta la prisión preventiva en una resolución que está fundada, pues se basa en una causal legal, que es el peligro de fuga, razón por la cual el recurso será rechazado”, dice el fallo de la Corte de Valparaíso, fechado el 14 de abril pasado.
La jueza de Garantía, por su parte, primero concedió una ampliación de la detención y luego resolvió decretar la prisión preventiva contra el imputado, principalmente por la circunstancia de “tratarse de un sujeto sin identidad clara, al no contar con el respectivo canje penal, ni con el otorgamiento de un rut provisorio, para la prosecución de la causa, considerando que los documentos que señaló la defensa en la audiencia, solo dan cuenta de su identidad en su país de origen”.
El instructivo del Fiscal Nacional (Oficio N°298/2023) fue informado al Consejo General de Fiscales el 10 de abril pasado, comenzando desde entonces a operar en todo el país la orden de solicitar la ampliación de la detención y luego la prisión preventiva para cualquier persona detenida por crimen o simple delito que no cuente con una acreditación de identidad oficial.