Corte de Chillán confirma la prisión preventiva de alcalde de San Ignacio y exconcejal imputados por delitos de corrupción

Según el ente persecutor, mediante una investigación que incluyó la interceptación de teléfonos y seguimientos, se logró detectar que los imputados se concertaron para adjudicar irregularmente procesos de licitación de cuentas bancarias de la Municipalidad de San Ignacio y otras casas edilicias.

La Corte de Apelaciones de Chillán confirmó hoy la resolución que ordenó la prisión preventiva del alcalde de la comuna de San Ignacio, César Alberto Figueroa Betancourt, imputado por el Ministerio Público por los delitos de cohecho, fraude al fisco, falsificación de instrumento público y malversación de caudales públicos y el exconcejal de Chillán, Rodrigo Alejandro Sandoval Terán, imputado por los delitos de estafa y soborno, ambos involucrados en ilícitos que se habrían perpetrado en el marco de procesos de licitación de cuentas bancarias realizados al interior del municipio durante el año 2022.

En fallo unánime la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Guillermo Arcos, Claudio Arias y Jimena Troncoso– ratificó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Bulnes, el martes 18 de abril recién pasado, que mantuvo a los imputados recluídos en los Centros Penitenciarios de Chillán y San Carlos respectivamente.

“(…) Que, conforme a los antecedentes expuestos por el Ministerio Público, aparecen satisfechos los presupuestos materiales de la prisión preventiva impuesta a los imputados Cesar Alberto Figueroa Betancourt y Rodrigo Alejandro Sandoval Terán, teniendo presente para ello las declaraciones recabadas, en especial la del coimputado Edgardo Suazo Jiménez y las conversaciones que se obtienen de las diversas interceptaciones telefónicas, las cuales, valoradas de manera conjunta y bajo el estándar de acreditación exigible en esta etapa procesal, dan cuenta de la dinámica que fue expuesta en la formalización de cargos y de las actuaciones que corresponde a cada uno en los hechos. De este modo, los cuestionamientos que efectúan sus defensas, por ahora, no resultan suficientes para descartar la existencia de los delitos y la participación atribuida”, consigna el fallo.

La resolución agrega: “Que, tampoco afecta la convicción arribada, la naturaleza jurídica del vínculo de Sandoval Terán con la empresa utilizada o su representante, pues no resulta relevante dicha circunstancia para la configuración de las figuras ilícitas que le imputan”.

“Que, en cuanto a la necesidad de cautela, no obstante la irreprochable conducta anterior de los encartados, se estima que la libertad de ambos resulta peligrosa para la seguridad de la sociedad, atendida la naturaleza de los delitos formalizados, el n mero ú de los mismos y la pena probable a la que se exponen. Así, la cautelar impuesta resulta indispensable para asegurar los fines del procedimiento y proporcionales a la imputación que se les ha formulado”, añade.

Según el ente persecutor, mediante una investigación que incluyó la interceptación de teléfonos y seguimientos, se logró detectar que los imputados se concertaron para adjudicar irregularmente procesos de licitación de cuentas bancarias de la Municipalidad de San Ignacio y otras casas edilicias.

Por esta misma causa son investigados y se encuentran en prisión preventiva los imputados Krysler Sebastián Monroy Castillo y el empresario Rodrigo Andrés Carmona Olivares. Mientras que los imputados Edgardo Antonio Suazo Jiménez, Hugo Basthian Troncoso Salazar, Carlos Bernabé Fernández Aedo y el alcalde de Ñiquén Manuel Pino Turra cumplen diversas medidas cautelares, entre ellas arresto domiciliario total.

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El Periodista