Ley de Autismo: una oportunidad para la genuina inclusión
Por Carlos Pérez Wilson, académico del Instituto de Ciencias Sociales y por María Soledad Burrone, académica del Instituto de Ciencias de la Salud, ambos de la Universidad de O’Higgins.
Dentro del conjunto de leyes que nos rigen, hay algunas que tienen por misión regular, ordenar y priorizar. Otras, igualmente necesarias y bienvenidas, abren oportunidades y visibilizan aspectos que nos permiten transitar hacia una sociedad más justa e inclusiva.
Hace algunos días, finalmente se promulgó la Ley de Autismo. Aun con la tardanza y retraso en su promulgación frente a otros países, incluso vecinos, evidentemente es una muy buena noticia.
Si usted tiene nociones adecuadas respecto de lo que es el Autismo, probablemente es porque tenga entre sus cercanos, familiares o amigos, alguna persona en la condición del espectro autista. En caso contrario, es igualmente probable que sus nociones respecto del autismo estén algo estereotipadas (como perfiles de alta capacidad o que sólo afectan a niños/as, o que su disposición hacia esta diversidad sea motivada desde la óptica de la caridad). La ley nos permite acercar ambas visiones hacia un escenario de encuentro, para una mejor comprensión del espectro autista, abriendo genuinos espacios para esta convergencia, libres de prejuicios y desconocimiento.
Es evidente que hay muchas cosas que se desencadenan gracias a la entrada en vigencia de esta ley. Por ejemplo, encaminar un adecuado registro para disponer de un catastro actualizado que dé cuenta de la actual prevalencia de este diagnóstico. Sin embargo, ya con los incipientes resultados previos, que sitúan la prevalencia de 1 entre 51 niños (Yáñez et al., 2021), la cifra le confiere una cuantificación importante del tamaño de la población directamente involucrada en el alcance de la ley, a lo que hay que sumar el entorno familiar y social en que se desenvuelven.
Es por ello que los ámbitos de resguardo para prevenir y sancionar la violencia, el abuso y la discriminación en contra de las personas autistas, como así también las acciones de detección y derivación temprana a especialistas, con la posibilidad de que las prestaciones de salud asociadas a la atención de personas autistas se incorporen al siguiente procedimiento de elaboración de las Garantías Explícitas en Salud (GES) son aportes significativos, necesarios y muy bienvenidos, sobre todo para personas de escasos recursos.
Como toda buena oportunidad, deben recordarse las máximas de paciencia, perseverancia y objetividad. Paciencia, porque la ley abre un nuevo camino, que hay que comenzar a recorrer, y que no estará exento de complicaciones, frente a lo cual hay que apelar al espíritu de la ley, y perseverar en su objetivo, dado que su alcance es de una envergadura que requerirá tiempo y dedicación.
Objetividad, porque requiere llevar a cabo acciones que, evidentemente, recojan e incorporen la perspectiva del otro para establecer aquello que se desea hacer, pero igualmente, requiere contar permanentemente con estudios y evidencia científica que vaya dando cuenta objetivamente de los efectos de los diagnósticos, intervenciones y apoyos a los que, gracias a esta ley, podrán acceder.
Sería un error interpretar esta ley como más recursos para las familias, que, si bien son altamente necesarios, no eximen de la responsabilidad de hacer las cosas de la manera correcta. Sólo de esta manera, la Ley permitirá construir un tamizaje social que acompañe a las personas en la condición del espectro autista a lo largo de su vida, permitiéndoles su realización como ciudadanos inmersos en una sociedad que los acogerá genuinamente.