Corte Suprema respalda el polémico proyecto de Fundamenta en Ñuñoa
La sentencia tuvo los votos en contra de Mario Gómez, quien fue del parecer de acoger la reclamación presentada por los vecinos opositores a la iniciativa, debido a la disminución de horas de luz solar que provocaría el complejo inmobiliario.
La Corte Suprema notificó el fallo de la Tercera Sala que ratificó la vigencia de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto Eco Egaña Comunidad Sustentable de la inmobiliaria Fundamenta, de propiedad del empresario Pablo Medina.
La sentencia tuvo los votos a favor de la inmobiliaria de Ángela Vivanco, Mario Carroza, Diego Simpértigue y Dobra Lusic, y en contra, de Mario Gómez, quien fue del parecer de acoger la reclamación presentada por los vecinos opositores a la iniciativa, debido a la disminución de horas de luz solar que provocaría el complejo inmobiliario, ubicado al costado de la Plaza Egaña, en Ñuñoa.
Se trata de un triunfo legal clave para la inmobiliaria y con el cual puede volver a retomar sus obras luego que el 13 de abril de 2022 la Comisión de Evaluación Ambiental de la Región Metropolitana calificara desfavorablemente el proyecto. Ello provocó poner en pausa la construcción de la iniciativa que considera una inversión de US$300 millones, y el despido de más de 200 trabajadores.
La Corte Suprema en su fallo recordó que el Tribunal Ambiental de Santiago declaró la inadmisibilidad de la reclamación vinculada al “efecto de luminosidad-sombra, se ajustó a derecho, por cuanto aquella no cumplió los requisitos del artículo 78 del RSEIA, sin que en la especie fuera aplicable la norma del artículo 31 de la Ley N° 19.880, de aplicación supletoria, toda vez que existe una regulación específica que la excluye”.
“Este tribunal no tiene competencia para analizar si la autoridad consideró adecuadamente la observación ciudadana vinculada a la luminosidad y efecto sombra del proyecto en cuestión, toda vez que falta un requisito de procesabilidad imprescindible para tales efectos, esto es, la existencia de una reclamación administrativa ligada a tal materia que haya sido declarada admisible por la autoridad”, acotó.
Frente a la resolución del máximo tribunal, Patricio Herman, de la fundación Defendamos la Ciudad, mediante una carta a la alcaldesa Emilia Ríos, planteó que «proponemos que el Estudio de los Conos de Sombra presentado por esa empresa en la DOM, lo envíe al IDIEM de la UCH o al Dictuc de la UC para que una de las dos, organismos independientes y técnicamente calificados, lo revise para tener certeza si ese Estudio es válido o no. Si se concluye que dicho Estudio contiene errores, el permiso de edificación no es un acto administrativo legítimo y como conozco bien este tipo de asuntos, estoy a su disposición».