Dirección del Trabajo realiza 480 fiscalizaciones en faenas agrícolas de temporada
Con una tasa del 3,9%, el trabajo agrícola es actualmente la segunda actividad con más accidentes, después de la industria manufacturera.
Un total de 480 fiscalizaciones en 12 regiones del país está realizando entre este mes de enero y hasta marzo la Dirección del Trabajo (DT) para proteger las condiciones laborales, sobre todo de higiene y seguridad, de trabajadores y trabajadoras agrícolas de temporada.
Así lo anunció el director del Trabajo, Pablo Zenteno Muñoz, al encabezar este martes una fiscalización en un packing de la empresa agrícola La Hornilla, en el sector de Chocalán, cuyos trabajadoras y trabajadores estaban en plena faena de embalaje de nectarines.
Durante la fiscalización realizada por inspectores de la Inspección Provincial de Melipilla se detectaron varias infracciones en el área de la seguridad y salud.
La autoridad explicó que “el énfasis inspectivo en la seguridad y salud de quienes se desempeñan en el trabajo agrícola de temporada nace no solo de sus riesgos inherentes, sino que, principalmente porque con una tasa del 3,9 por ciento, el trabajo agrícola es en nuestro país la segunda actividad productiva con mayor tasa de accidentabilidad, tras la industria manufacturera, habiendo registrado lamentablemente un alza del 4 por ciento entre los años 2020 y 2021”.
En efecto, las últimas estadísticas de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) revelan que la tasa de accidentabilidad de la agricultura, del 3,9 por ciento, es superior a la tasa nacional del 2,6 por ciento.
Según la Organización Internacional del Trabajo, al menos 170 mil trabajadores y trabajadoras agrícolas mueren en el lugar de trabajo cada año a nivel mundial.
En el país, el trabajo agrícola tiene una tasa de mortalidad del 5,5 por cada cien mil trabajadores y trabajadoras, lo que lo sitúa en el cuarto lugar de sectores con mayor fatalidad, tras transportes, energía/gas/agua y construcción. Aunque esta tasa disminuyó en el 31% entre los años 2020 y 2021, supera el promedio nacional del 2,9 por cada cien mil trabajadores.
Características de la fiscalización
El programa inspectivo comenzó durante este mes de enero y se desarrollará hasta marzo en doce regiones: Arica y Parinacota, Atacama, Coquimbo, Valparaíso, Metropolitana, O’Higgins, Maule, Ñuble, Biobío, la Araucanía, Los Ríos y Los Lagos.
Al cabo del período, se habrán efectuado al menos 480 fiscalizaciones a empresas principales, contratistas y subcontratistas:
- Predios: 200 fiscalizaciones y 44 infracciones posibles de detectar
- Packing: 80 fiscalizaciones y 45 infracciones posibles de detectar
- Transporte de trabajadores y trabajadoras temporeros: 200 fiscalizaciones y 9 infracciones posibles de detectar
En los predios, dos chequeos principales son la no exposición de trabajadores y trabajadoras a la radiación ultravioleta de origen solar y a la aplicación de plaguicidas.
Dentro de los packings, los chequeos fundamentales tienen que ver con la prevención de accidentes por fuga de amoniaco y el exceso de ruido ocupacional y que las máquinas utilizadas en la selección y embalaje de frutas estén en óptimas condiciones.
En el transporte de temporeras y temporeros lo primordial es que los vehículos estén en buen estado técnico, que los buses no tengan una antigüedad igual o superior a los 22 años, que la de los minibuses no sea igual o superior a los 18 años y que los trabajadores transportados no superen las capacidades máximas. Igualmente, que el vehículo exhiba un letrero cuya leyenda diga “Trabajadores Agrícolas de Temporada”.
Transversalmente, se verificará que los empleadores hayan entregado los elementos de protección personal adecuados a cada función y que hayan informado a su personal sobre los riesgos inherentes a cada labor realizada.
Igualmente, se controlarán materias propiamente laborales, como contratos de trabajo, pago de remuneraciones, cotizaciones previsionales, registros de asistencia, condiciones básicas de higiene y seguridad, normas preventivas de Covid-19.
Asimismo, se verificará la prohibición del trabajo de niños, niñas y adolescentes y la situación de trabajadoras y trabajadores migrantes, por los cuales se fiscalizará que estén en formalidad laboral.
Sanciones y suspensión de faenas
Las multas posibles de aplicar, tanto por infracciones a normas laborales generales como a las específicas del trabajo agrícola de temporada fluctúan entre las 3 y las 60 Unidades Tributarias Mensuales, dependiendo de si la empresa sancionada es micro, pequeña, mediana o grande según su número de trabajadores. Es decir, al valor de esta unidad de $61.769 en enero, los montos pueden fluctuar entre los $185.307 y los $3.706.140.
Independiente de las sanciones aplicadas, los inspectores podrán suspender las faenas cuando en los predios, packings y transporte:
- No se cuente con agua potable para consumo humano
- No se cuente con servicios higiénicos
- Se sorprenda a trabajadores laborando en lugares donde se haya aplicado plaguicidas sin respetar el período de reentrada.
- Otros que configuren peligro inminente para la vida y salud de los trabajadores