Corte de Santiago rechaza recurso de protección de rectores de universidades estatales
En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada descartó actuar ilegal o arbitrario de las recurridas, amén de establecer que el recurso de protección no es la vía idónea para reclamar sobre la materia.
La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de protección presentado por rectores de universidades estatales en contra del Ministerio de Educación y de la Subsecretaría de Educación Superior por haber establecido, mediante resoluciones exentas, que se aplicarán descuentos a los fondos de gratuidad en casos de suspensiones académicas.
En fallo unánime, la Sexta Sala del tribunal de alzada descartó actuar ilegal o arbitrario de las recurridas, amén de establecer que el recurso de protección no es la vía idónea para reclamar sobre la materia planteada por los planteles universitarios.
La resolución
En consecuencia, «de acuerdo a los antecedentes incorporados en el proceso, el recurso de protección no es la vía idónea para resolver el conflicto habido entre las partes, por cuanto el recurrente pretende que esta Corte declare la existencia de un derecho, lo que no es posible por este medio, ya que no encontrándose indubitados los alegados por el recurrente, es del parecer que estos deben ser discutidos en el procedimiento que corresponda, por lo que la presente materia excede el fin y objetivo cautelar de la acción de protección, cuyo propósito, como ya se ha dicho, es que se tomen medidas y providencias destinadas a restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección al afectado frente a actos u omisiones ilegales o arbitrarias que conculquen derechos fundamentales enunciados en el artículo 20 de la Carta Fundamental”, resolvió La Corte de Apelaciones.