Corte de Santiago ordena al fisco indemnizar a víctima detenida y torturada por agentes de la CNI
Segunda Sala del tribunal de alzada condenó al fisco a pagar una indemnización de $100.000.000 a Ana María Riveros Tapia.
La Corte de Apelaciones de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $100.000.000 por concepto de daño moral, a Ana María Riveros Tapia.
Riveros fue detenida el 9 de diciembre de 1985 en su domicilio por personal de la Central Nacional de Informaciones (CNI), quienes la sometieron a torturas en un lugar desconocido, siendo ingresada, posteriormente, a la cárcel de mujeres de Santiago, donde permaneció recluida un año y nueve meses.
En fallo dividido, la Segunda Sala del tribunal de alzada revocó la sentencia apelada, dictada por el 22° Juzgado Civil de Santiago, que rechazó íntegramente la demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual.
Fallo de la Corte de Santiago
“Que en un segundo orden de argumentos destinados a sustentar la imprescriptibilidad de la acción civil derivada de crímenes de lesa humanidad es dable enseguida preguntarse si la seguridad y certeza jurídica, fundamentos de la prescripción, son para las víctimas y sus familiares o para los victimarios. En esta línea argumentativa debemos considerar en primer término que la prescripción no es una institución absoluta en el ámbito de los ordenamientos jurídicos universales y que, por su parte, los crímenes contra la humanidad se enmarcan en el Derecho Internacional de Derechos Humanos que tiene por eje central la dignidad de la persona humana, donde el bien jurídico protegido está en un plano superior”, planteó el fallo.
“Que como otro argumento en orden a corroborar la imprescriptibilidad que se viene sustentando, se dirá asimismo que la persecución de los crímenes de lesa humanidad reconoce fines de carácter preventivo, sancionador y reparador, los que se verían insatisfechos de operar la prescripción civil, puesto que el principio de reparación integral se traduce en un derecho para el afectado y en una obligación para el infractor de los derechos humanos”, afirmó la resolución.
Condena al fisco
Por tanto, se resolvió que: “se condena al Fisco de Chile a pagar a la actora la suma de $100.000.000 a título de daño moral, más reajustes conforme al alza que experimente el Índice de Precios al Consumidor a contar de la fecha en que esta sentencia quede ejecutoriada y hasta su pago efectivo, e intereses corrientes para operaciones reajustables, los que se contabilizarán desde que el deudor sea constituido en mora, sin costas, por haber tenido el demandado motivo plausible para litigar”.