Acusación contra Giorgio Jackson: comisión recomendará no apoyar la admisibilidad del libelo

A favor de acoger la acusación se expresó Bernardo Berger; en contra se pronunciaron Clara Sagardia, Karol Cariola y Ericka Ñanco; y se abstuvo Joaquín Lavín. Ahora, el tema se verá en la Sala, en una sesión especial convocada para este jueves 19, a partir de las 10:00 hrs.

Por 1 voto a favor, tres en contra y 1 abstención, la comisión encargada de analizar la admisibilidad de la acusación en contra del ministro de Desarrollo Social, Giorgio Jackson, rechazó el libelo.

Se manifestó a favor el diputado Bernardo Berger (RN). En contra se expresaron las diputadas Clara Sagardia (IND), Karol Cariola (PC) y Ericka Ñanco (RD). Finalmente, se abstuvo el diputado Joaquín Lavín (UDI).

Formalmente, ahora corresponde que la comisión entregue su recomendación a la Sala de la Corporación. Para ello, la Cámara sesionará en forma especial este jueves 19, a partir de las 10:00 hrs.

En la oportunidad, la defensa del ministro Jackson podrá apelar a la denominada “cuestión previa”. Esto refiere a que el libelo no cumple con los requerimientos formales para su presentación. Otro escenario es que se pase directamente a discutir el fondo de la acusación, capítulo a capítulo.

Antes de votar, cada legislador fundamentó su decisión. Para Bernardo Berger, los argumentos de la acusación y los testimonios entregados sustentan que hubo infracción a los deberes constitucionales del ministro. Igualmente, que se dejaron de ejecutar o se lesionaros algunas leyes.

Entre los puntos destacados estimó que se vulneró el principio de probidad administrativa en el caso de la exseremi Patricia Hidalgo. También acusó graves omisiones de supervigilancia de los servicios a su cargo.

“He llegado al convencimiento que, en lo medular, no resulta posible desvirtuar los argumentos en que se basó el presente libelo”, remarcó.

El diputado Joaquín Lavín estimó que esta herramienta es un juicio político por infracciones de tipo jurídico. En ella, agregó, se deben configurar graves infracciones a la constitución y las leyes para sostenerla.

Resaltó que, en las diversas exposiciones, no fue posible sostener las afirmaciones de los acusadores. Incluso, evaluó que varias las contradijeron. Como en el caso de la ejecución presupuestaria de la Conadi, donde se verificó sobre un 95% de cumplimiento al 31 de diciembre. Lo mismo con el caso de la compra de dos terrenos, ya visados por la Contraloría.

Planteó que tampoco se sustenta el tema de la exseremi, ni las acusaciones respecto de que se dejó sin atender a menores del servicio de protección infantil.

“Considero que la acusación carece de argumentos jurídicos que demuestren que el ministro haya infringido gravemente la Constitución y las leyes. Por eso, mi voto y recomendación a la Sala es abstenerse de seguir adelante con la acusación”, concluyó.

Clara Sagardia, quien ofició como presidenta del grupo, criticó que no se usara esta herramienta como última ratio. Asimismo, que no se efectuaran argumentaciones sobre actuaciones directas del ministro.

Recalcó que las acusaciones contenidas en los capítulos “no tienen fundamentos suficientes y concretos”. En tal plano, expuso antecedentes entregados por los invitados, que refutaban cada uno de los temas observados.

Así, descartó la improcedencia de la compra de los dos terrenos; la inejecución presupuestaria de la Conadi; que el ministro tuviera conocimiento sobre presiones indebidas a la exseremi y ello justificara su desvinculación; la falta de cumplimiento de la instalación de servicios locales de la niñez; o que se dejara sin atención o aumentaran las listas de espera de los niños del sistema de protección.

Para la diputada Karol Cariola, la acusación “no cumple con los requisitos que la Constitución y la ley establece”. Estimó que contiene numerosos defectos que la hacen inadmisible. Por ejemplo, el hecho que no se refieren a acciones personales del ministro.

En cuanto a los capítulos, refutó uno a uno de ellos, recordando diversas intervenciones de los invitados a la comisión. Así, por ejemplo, relevó que tanto la Conadi como Mejor Niñez son organismos descentralizados. De igual modo, remarcó que los aspectos criticados no se condicen con la realidad, como el caso de dejar sin ejecución la ley por no implementar las oficinas locales del Servicio de la Niñez, ya que se tienen cinco años para completar dicho proceso.

“Sostengo que la acusación no tiene ningún fundamento jurídico y debe ser declarada inadmisible”, sentenció.

En una línea similar, Ericka Ñanco dijo que se formó “la convicción que esta acusación, injusta e infundada, es improcedente“. Sostuvo que los acusadores buscan criticar políticamente al ministro sin que existan acciones u omisiones personales que se le puedan imputar que infrinjan la Constitución y las leyes o las dejen sin ejecución.

De los capítulos, recordó que fue la propia Patricia Hidalgo quien dijo que desconocía si el ministro sabía de las presiones que ella acusaba. Además, se verificó que los terrenos comprados por la Conadi no estaban perturbados.

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El Periodista