18° Juzgado Civil de Santiago ordena al fisco indemnizar a víctima torturada por la CNI en Chillán
Una indemnización de $80.000.000 a Gerardo Angulo Pizarro, quien fue detenido y sometido a torturas por agentes de la extinta Central Nacional de Informaciones.
El Decimoctavo Juzgado Civil de Santiago condenó al fisco a pagar una indemnización de $80.000.000 por concepto de daño moral, a Gerardo Enrique Angulo Pizarro, quien fue detenido el 30 de junio de 1986 en la ciudad de Chillán y sometido a torturas por agentes de la extinta Central Nacional de Informaciones (CNI). Tras un largo proceso, Angulo Pizarro fue condenado a 18 meses de presidio por infringir el artículo octavo de la Constitución (derogado). Y sólo recuperó la libertad por indulto presidencial a fines de 1991.
En la sentencia, la magistrada Claudia Donoso Niemeyer rechazó con costas las excepciones de prescripción y reparación integral argüidas por el fisco, tras establecer que Angulo Pizarro fue víctima de crímenes de lesa humanidad, imprescriptible tanto en sede penal como civil.
“Que, siendo un hecho indubitado la calidad de víctima invocada por el actor, forzoso resulta concluir que en virtud de principios internacionales en materia de marras los derechos que le fueran conculcados en el contexto de autos constituyen por sí solos un daño moral que debe ser compensado por el Fisco de Chile”, planteó el fallo.
Además, la resolución agregó que «a fin de acreditar el daño moral invocado, obra prueba testimonial consistente en la declaración de Ramón Belarmino Valencia Sanzana, Emiliano Segundo Santander Llanos y don Álvaro Fabián Valencia Sanzana, quienes legalmente examinados, exentos de tacha y dando razón de sus dichos, ilustran al Tribunal sobre las torturas a que fue sujeto el actor, como así también las consecuencias ulteriores que dicho episodio le causó tanto física como psicológicamente”.
Dado lo anterior, «conforme a criterios de justicia y equidad debe ser indemnizado, estimándose prudencialmente en una indemnización por daño moral de $80.000.000 en favor del demandante”, ordenó el fallo.