Justicia acoge solicitud de Chile Rural y suspende temporalmente instructivo de parcelaciones rurales

El escrito sostiene que el SAG se ha arrogado facultades que la ley concede únicamente a los Juzgados de Policía Local, vulnerando de modo abierto y flagrante la separación de poderes del Estado y, de paso, afectado los derechos constitucionales.

El 7° Juzgado Civil de Santiago concedió una medida precautoria de suspensión temporal de los instructivos que disponían ordenanzas y criterios bajo los cuales distintos órganos del Estado debían revisar -y eventualmente rechazar- solicitudes de certificación de subdivisión de predios rústicos en el marco del decreto Ley 3.516.

La solicitud de medida precautoria fue promovida por Chile Rural A.G. -asociación gremial que reúne a los parceleros- en el marco de una acción de Nulidad de Derecho Público interpuesta por dicha asociación a través de su asesor legal Felipe Riesco.

La solicitud se funda en que los actos administrativos reclamados mediante la demanda de nulidad son irremediablemente nulos, en razón de haber sido dictados por órganos que carecen de competencias para ello, por estar las respectivas atribuciones radicadas única y exclusivamente en el Poder Legislativo, único órgano del Estado habilitado para conferir potestades -como las que se ha pretendido entregar al Servicio Agrícola y Ganadero- y para establecer nuevos requisitos y etapas en relación con un procedimiento administrativo de carácter reglado.

El escrito además sostiene que el SAG se ha arrogado facultades que la ley concede únicamente a los Juzgados de Policía Local (ya que solo dichos Tribunales pueden juzgar si una subdivisión implica o no una infracción de ley), vulnerando de modo abierto y flagrante la separación de poderes del Estado y, de paso, afectado los derechos constitucionales.

El asesor legal de Chile Rural, Felipe Riesco, explica que la cautelar “se enmarca en la acción de nulidad de derecho público presentada el 21 de octubre de 2022, que tiene por objeto lograr la nulidad de ambos actos administrativos, que instruyeron sobre la suspensión o rechazo de proyectos de certificación de subdivisión de predios rústicos en el marco del decreto ley 3.516; conflicto en el que se ha vuelto inmerso el gobierno desde julio pasado; y ya fue notificada al Consejo de Defensa del Estado y al SAG, quienes deben contestar la demanda”.

Por su parte el Presidente de Chile Rural A.G., Tomás Prado, sostuvo que la medida cautelar “constituye un tremendo avance en el restablecimiento del estado de derecho y también va en línea de las aspiraciones de miles de chilenos que buscan vivir en zonas rurales y que después de esta medida se vieron terriblemente afectados. Esperemos que el gobierno cumpla a cabalidad y de forma inmediata este dictamen”.

Para Chile Rural, este dictamen confirma la arbitrariedad del acto administrativo del Ministerio de Agricultura y refuerza el compromiso gremial para impulsar medidas y elevar la discusión de mejoras a través de los organismos pertinentes y legislativos.

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El Periodista