Corte dicta masivas condenas contra 24 ex agentes del Comando Conjunto por desaparición y homicidio de 5 militantes comunistas

Entre los condenados se encuentran ex miembros de Fuerza Aérea, Carabineros, Marina, Ejército y civiles

La Quinta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago dictó sentencia definitiva de segunda instancia, en la causa relativa al secuestro y homicidio de Ignacio Orlando González Espinoza, Luis Moraga Cruz, Juan René Orellana Catalán, Ricardo Weibel Navarrete y Luis Maturana González, todos militantes del partido comunista, hechos ocurridos entre noviembre de 1975 y junio de 1976.

La Sala, presidida por ministro Fernando Carreño y los ministros suplentes Lidia Poza y Ricardo Antonio Soto, confirmó la sentencia definitiva de primera instancia dictada por el Ministro don Miguel Vázquez Plaza, condenando a 24 ex agentes, entre los cuales se encuentran ex funcionarios de la FACH, Carabineros, Marina, Ejército y civiles.

Las penas impuestas por la Corte van desde los 18 y 10 años de presidio por el delito de homicidio calificado y desde los 13 años por el secuestro de las víctimas. Entre los encausados se encuentran Álvaro Corbalán, Otto Trujillo, Lenin Figueroa y Viviana Ugarte Sandoval, entre otros.

En materia civil el tribunal rechazó de forma unánime la solicitud del Consejo de Defensa del Estado (CDE) de aplicar la cosa juzgada para así impedir la reparación de algunos familiares.

Para el abogado Nelson Caucoto, querellante en el caso “se trata de un fallo que golpea a la totalidad de lo que fue la estructura del comando conjunto. Es el resultado de un trabajo serio y acucioso de la justicia, en este caso encabezada por el ministro Miguel Vásquez, el cual ha sido refrendado unánimemente por la corte de apelaciones”, señaló.

Agrega que “es un fallo que aporta a la construcción del nunca más en nuestro país. Chile no se olvida de sus víctimas, y esta sentencia trae consuelo a los familiares de estos cinco militantes comunistas”.

Las condenas

En este sentido, el tribunal de alzada capitalino, condenó a Juan Francisco Saavedra Loyola y a Manuel Muñoz a la pena de 18 años de presidio mayor en su grado máximo, como coautores de los delitos de homicidio calificado en la persona de Ignacio Orlando González Espinoza, perpetrado en el verano de 1976 y de Juan Orellana Catalán, ocurrido en junio del mismo año. Asimismo, se le condena a 13 años de presidio mayor en su grado medio como coautores de secuestro calificado de Luis Desiderio Moraga Cruz, ocurrido a partir del 20 de octubre de 1975; de Ricardo Manuel Weibel Navarrete, ocurrido a partir del 7 de noviembre de 1975 y de Luis Emilio Gerardo Maturana González, ocurrido a partir del 8 de junio de 1976. A la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio como coautores de los delitos de secuestro simple de Ignacio Orlando González Espinoza, cometido el 4 de diciembre de 1975 y de Juan René Orellana Catalán el 8 de junio de 1976.

A Daniel Luis Enrique Guimpert Corvalán a la pena de 18 años de presidio mayor en su grado máximo como coautor homicidio calificado de Ignacio González Espinoza y de Juan René Orellana Catalán. Y 12 años de presidio mayor en su grado medido como coautor de los delitos de secuestro calificado de Luis Desiderio Moraga Cruz y de Luis Emilio Gerardo Maturana González. Asimismo, a la pena de 3 años de presidio menor en su grado medio como coautor de los delitos de secuestro simple de Ignacio Orlando González Espinoza y de Juan René Orellana Catalán.

Raúl Horacio González Fernández a la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, como coautor del delito de homicidio calificado de Juan Orellana Catalán, y a 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio, como coautor del delito de secuestro calificado en las personas de Luis Moraga Cruz y de Luis Emilio Gerardo Maturana. También se le condena a 400 días de presidio como coautor del delito de secuestro simple de Juan Orellana Catalán.

A Roberto Alfonso Flores Cisterna y a Carlos Rodrigo Villarreal a la pena de 10 años y día de presidio mayor en su grado medio como coautores del delito de homicidio calificado de Juan Orellana Catalán. A 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo como coautores del delito de secuestro calificado de Luis Emilio Maturana González, y a la pena de 400 días como coautores del delito de secuestro en la persona de Juan Orellana Catalán.

Alejandro Saéz Mardones a la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio como coautor del delito de homicidio calificado de Juan Orellana Catalán. A la pena de 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio ñ í como coautor del delito de secuestro calificado de Luis Maturana González, y 400 día como coautores del delito de secuestro en la persona de Juan Orellana Catalán.

Jorge Osses Novoa, Sergio Antonio Díaz López y Álvaro Corbalán Castilla a 12 años de presidio mayor en su grado medio como coautores del delito de homicidio calificado de Ignacio González Espinoza. A 10 años y 1 día de presidio mayor en su grado medio como coautores de los delitos de secuestro calificado de Luis Moraga Cruz y de Ricardo Manuel Weibel Navarrete. A 400 días de presidio menor en su grado mínimo como coautores del delito de secuestro en la persona de Ignacio Orlando González Espinoza.

A Lenin Figueroa Sánchez a 5 años y 1 día de presidio mayor en grado mínimo, como cómplice del delito de homicidio calificado de Juan Orellana Catal án. A la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en grado mínimo como coautor del delito de secuestro calificado de Luis Emilio Gerardo Maturana. A la pena de 400 días como coautor del delito de secuestro en la persona de Juan Orellana Catalán.

A Ernesto Lobos Gálvez a 5 años y 1 dìa de presidido mayor en su grado mínimo como cómplice de los delitos de secuestro de Ricardo Weibel Navarrete y Luis Emilio Gerardo Maturana González. A la pena de 60 días de prisión en su grado máximo como cómplice delito de secuestro simple de Juan Orellana.

A Alejandro Jorge Forero Álvarez a 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo como cómplice de los delitos de secuestro calificado de Luis Desiderio Moraga Cruz y de Ricardo Manuel Weibel Navarrete. Y a 60 días como cómplice del delito de secuestro simple de Ignacio Orlando González Espinoza.

A Viviana Lucinda Ugarte Sandoval, Andrés Pablo Potin Lailhacar, Emilio Mahias del Rio, Juan Luis Fernando López, José Evaristo Rojas Alruiz y a Francisco Segundo Illanes Miranda a la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, como coautores del delito de secuestro calificado de Luis Emilio Gerardo Maturana. Y a 400 días de presidio como coautores del delito de secuestro simple en la persona de Juan René Orellana.

Roberto Francisco Serón Cárdenas a la pena de 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo como coautor del delito de secuestro calificado de Luis Desiderio Moraga Cruz.

A Otto Silvio Trujillo Miranda a la pena de 10 años y un día de presidio mayor en su grado medio como coautor del delito de secuestro calificado de Ricardo Manuel Weibel Navarrete y como cómplice del delito de secuestro calificado de Luis Desiderio Moraga Cruz.

A Robinson Alfonso Suazo Jaque, Pedro Ernesto Caamaño Medina, Pedro Juan Zambrano Uribe y a José Hernando Alvarado Alvarado a la pena de 4 años de presidio menor en su grado máximo como cómplices del delito de secuestro calificado en perjuicio de Luis Emilio Gerardo Maturana González. Y a la pena de 60 de prisión en su grado máximo como cómplice del delito de secuestro simple de Juan René Orellana Catalán.

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El Periodista