Justicia española anula una multa de 2,1 millones de euros al futbolista Gerard Piqué
Con esta resolución, la Justicia da la razón al deportista y anula dos multas de 1.457.855,61 y 678.012,59 euros que se le reclamaban por presunto fraude fiscal entre 2008 y 2010.
El Tribunal Supremo de España anuló la multa de 2,1 millones de euros que Hacienda impuso al jugador del Fútbol Club Barcelona y marido de la cantante Shakira, Gerard Piqué.
El Supremo decidió estimar el recurso de casación formulado por Piqué contra un fallo de la Audiencia Nacional que había ratificado la sanción, según comunicó el tribunal.
Con esta resolución, la Justicia da la razón al deportista y anula dos multas de 1.457.855,61 y 678.012,59 euros que se le reclamaban por presunto fraude fiscal entre 2008 y 2010.
Los magistrados del Supremo aceptaron las alegaciones presentadas por el futbolista en dos cuestiones.
En primer lugar, el tribunal determinó que las cotizaciones pagadas por Piqué a la Seguridad Social o entidades gestoras de los seguros sociales en otro Estado de la Unión Europea «pueden considerarse un gasto deducible de los rendimientos del trabajo» en España.
Estas fueron abonadas por el jugador del FC Barcelona cuando prestó servicios para el Manchester United de Inglaterra, ya que fueron detraídas de sus nóminas para hacer frente al National Insurance (sistema equivalente a la Seguridad Social en Reino Unido».
A juicio del tribunal, es «preciso deducir» en la liquidación de impuestos todos los gastos como consecuencia del desarrollo de un trabajo por cuenta ajena, incluidas las cotizaciones en el extranjero.
El Supremo también rechazó las conclusiones de la inspección de Hacienda avalada por la Audiencia Nacional, que apuntaban a que Piqué había utilizado una sociedad mediante la cual se gestionaban sus derechos de imagen para pagar menos impuestos.
El tribunal, que estudió los contratos suscritos por el jugador a través de esta estructura societaria, da por buena la empresa de la cual Piqué tenía el 70 por ciento y en la que su hermano, uno de los socios, estaba designado como responsable de la gestión de los derechos.
Por todo esto, el Supremo estimó los recursos presentados por el Jugador y declaró nula la sentencia de la Sala de instancia y la consecuente sanción. (Sputnik)
nok/sp