Tribunal rechazó demanda del CDE contra Marco Enríquez-Ominami tras ser absuelto de todos los cargos imputados
Así lo dio a conocer este lunes el tribunal, durante la lectura de sentencia absolutoria. De esta manera, se dejó sin efecto la acción civil por $497.411.538 interpuesta por el organismo en contra del cineasta.
El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago rechazó la demanda civil presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) contra Marco Enríquez-Ominami, en el contexto del juicio por presuntas irregularidades en la rendición al Servel, de su campaña política en 2013, de la cual fue absuelto.
Al respecto, la defensa de Enríquez-Ominami –dirigida por los abogados Ciro Colombara y Carlos Mora- aseguró estar satisfecha con el fallo “porque después de un extenso juicio que duró casi 3 meses, se estableció de manera absoluta la inocencia de Marco Enríquez-Ominami, desestimándose –además- la demanda civil del Consejo de Defensa del Estado, lo que da cuenta que los hechos imputados por el Ministerio Público no existieron”.
“Sin embargo, no estamos satisfechos porque la investigación fue sesgada, tomó muchos años, fue extremadamente lenta y hubo todo tipo de filtraciones, causando un daño tremendo a una persona inocente, agregó Colombara, puntualizando que “esto no se puede volver a repetir, se deben cautelar los derechos de las personas que están acusadas o investigadas, y también es evidente que hubo un sesgo en la investigación. El tribunal de manera unánime nos dio la razón en todo”.
El pasado 25 de agosto, Enríquez-Ominami fue absuelto de todos los cargos imputados, luego que el Cuarto Tribunal Oral en lo Penal de Santiago estableciera que las pruebas rendidas durante el juicio oral por la Fiscalía, fueron insuficientes para acreditar cualquier participación y autoría del fundador del PRO en presuntas irregularidades en la rendición ante el Servel, de su campaña política de 2013.
“Que en las condiciones descritas, imposible fue para el Tribunal obviar las imprecisiones y la falta de elementos de corroboración y prueba de todos los extremos de la acusación, pues aquello es impracticable en este sistema acusatorio en que el acusado se presume inocente en tanto no se demuestre -a través de prueba precisa y concordante- que el hecho propuesto por el persecutor ha ocurrido y en él ha concurrido participación culpable al imputado, razón que conduce, necesariamente, a absolver a Marco Antonio Enríquez-Ominami Gumucio de los cargos que le fueron imputados en calidad de autor”, detallaron en esa oportunidad, los sentenciadores en su veredicto.