Colegio de Contadores versus el SII

Por Camilo Aranda, Ingeniero Comercial

Los últimos días hemos visto numerosas declaraciones del Colegio de Contadores, así como otras organizaciones ligadas a la actividad, donde aparecen solicitando la prórroga de los plazos para declarar ante las dificultades impuestas por la Pandemia.

Sin embargo, hay que decirlo, la complejidad del sistema tributario chileno convierte esta petición en una posibilidad lejana, sobre todo considerando los elementos políticos involucrados y demuestra, al final, que resulta fácil pedir algo cuando solo se está en un lado de la ecuación.

Debemos entender que el sistema tributario chileno tiene dos etapas claramente definidas: la tributación de empresas y la tributación de personas. Y, aunque estas se desarrollan en el mismo plazo, van por caminos distintos que eventualmente convergen.

En Chile, quien paga impuestos son las personas naturales, no hay que olvidar eso; el tributo que cancelan las empresas actúa como un crédito que los socios o accionistas utilizan en su favor cuando pagan sus impuestos individuales. Los impuestos a las empresas son porcentajes fijos mientras que, el de las personas, cambian de acuerdo con el ingreso total que perciben.

En la práctica, si una empresa paga $1.000 de impuestos, cuando el socio de la empresa retire la utilidad esos $1.000 irán en su favor, es decir si el socio llegase a estar exento de impuestos individuales (dado que los personales van desde el 0% al 40%), el fisco le devolverá $1.000 íntegros, si por el contrario el socio tiene más ingresos de otras fuentes, o la cantidad retirada de la empresa implica que como persona su porcentaje individual supere al de la empresa (por ejemplo la empresa pagó un 25%, pero dado su tramo individual él está en el 40%), ese monto de devolución puede disminuir e incluso convertirse en pago.

¿Cómo recibe la información el SII? Con las llamadas declaraciones juradas, estas son auxiliares a la renta (donde se detalla la utilidad y la forma en que se llegó a esta) y hay muchas y cumplen funciones específicas. En ellas, por ejemplo, las empresas dicen a quién o quiénes le pagó sueldos, le dio boletas o, incluso, le arrendó propiedades, ya que todas estas son costos que permiten deducir impuestos y, por contraparte, son ingresos de otras personas que también tributarán individualmente.

Por otro lado, están los impuestos de segunda categoría (retenciones de honorarios / boletas), que corresponde al monto que provisiona el impuesto de personas naturales que efectúan trabajos a honorarios. En teoría, este debiese pagar el monto adeudado por la persona al fisco, aunque también desde hace un par de años sirve para pagar leyes sociales (previsión y salud), dado que históricamente la gente que emite boletas lo hace por montos que son relativamente bajos. La retención del 11% es excesiva ya que nunca pagarán esa cantidad de impuestos, como ejemplo, una persona que gana 1,6 millones mensuales, paga solo un 4% de impuestos, muy superior al 11 que se le retiene.

Materia aparte son los impuestos únicos (retenciones que les hacen las empresas a sus trabajadores) que están calzados con el impuesto proyectado individual y que, a veces, generan devoluciones por el famoso beneficio de los dividendos.

Luego de esa breve explicación técnica, volvemos al problema inicial, ¿por qué no se puede dar más plazo? Por la simple razón que las declaraciones juradas y de renta de las empresas entregan información necesaria para que se determinen los pagos y devoluciones individuales de las personas, es decir, sin esta información el SII no puede determinar si a una persona le tiene que devolver o cobrar impuestos.

La realidad indica que mucha gente espera dinero de las devoluciones, ya sea las retenciones de boletas u pagos provisionales mensuales de empresas (PPM) u otros, por lo que el SII no puede demorar la entrega de esos dineros. Sería un problema, incluso, político, más aún considerando el escenario económico actual. Por otro lado, los contadores dicen que con las nuevas restricciones y los cambios tributarios se les hace difícil cumplir con los plazos, pero, al final, alguien tiene que salir perdiendo.

El año pasado ocurrió algo similar (2020, inicio pandemia), pero el SII cortó por una solución novedosa, confiar en la gente, es decir, les devuelvo antes y luego determino si realmente debía devolverles. Por experiencia, y también de acuerdo a lo ocurrido con los bonos por disminución de ingreso, confiar en la gente lamentablemente no resulta un buen negocio (no suena bien, pero en la práctica sucede que un porcentaje no menor no devolverá los fondos), por lo que cobrar termina siendo muy difícil. Además, siempre se genera la incertidumbre de que algún proyecto de ley quiera perdonar esos dineros que no han sido devueltos, en resumen es un desastre como política.

Eso nos lleva a una conclusión, el SII no debiese retrasar el proceso en demasía porque, al igual que los tiempos de vuelo y considerando que el Servicio se da a sí mismo más plazo del que necesita, la información computacional está en tiempo real. Si una declaración vence un día, la devolución puede ser la siguiente, pero la realidad dicta que algunos plazos son inamovibles, las declaraciones juradas deben presentarse antes que las declaraciones de renta y las devoluciones deben ser posteriores a ellas.

¿Qué pasará? Probablemente el SII mueva los plazos internos lo más que pueda, pero es improbable (nunca descartemos que un efecto político le obligue a tomar otra determinación) que se dé otro escenario.

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El Periodista