Bolivia elimina por decreto brecha salarial entre hombres y mujeres
La norma rige tanto para empleados públicos como de empresas privadas. (Télam)
El Gobierno de Bolivia promulgó un decreto para eliminar la brecha salarial entre hombres y mujeres, tanto en el sector público, que incluye universidades y empresas con mayoría accionaria estatal, como en el privado, se informó hoy oficialmente.
La noma cuenta con siete artículos y una disposición única que aclara que no establece el desembolso adicional de recursos del Tesoro General de la Nación, según fue publicada en la Gaceta Oficial.
En su artículo uno señala que tiene «por objeto impulsar medidas para la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la remuneración y el trato igualitario en el trabajo entre mujeres y hombres, con el fin de contribuir en la eliminación de la brecha salarial», reprodujo el diario local El Deber.
El decreto alcanza a las personas naturales y jurídicas del sector privado que tengan carácter de empleador, y define el término «brecha salarial» como las diferencias de remuneración basadas en el sexo de las personas sin criterios de objetivos.
Otro concepto que instaura es el trabajo de igual valor; es decir, toda actividad que cuente con similitudes sustanciales en funciones, esfuerzo, habilidad y responsabilidad, y que es realizado bajo condiciones similares.
Asimismo, el decreto considera dos tipos de discriminación: la directa y la indirecta.
La directa es cuando por razón de sexo una persona recibe una remuneración menos favorable.
La discriminación indirecta se verifica cuando «por razón de sexo a la situación en que una disposición aparentemente neutra pone a personas de un sexo en desventaja particular en relación a su remuneración con respecto a personas del otro sexo».
Por otra parte, la norma establece que el Estado promoverá la incorporación de las mujeres al trabajo, así como la misma remuneración entre mujeres y hombres, por un trabajo de igual valor.
Ordena que en los convenios colectivos, las partes estarán obligadas a incluir cláusulas de no discriminación y de igualdad trato en materia salarial entre mujeres y hombres.
También que los empleadores deberán promover medidas para que los hombres y las mujeres, en igualdad de condiciones, puedan atender sus obligaciones laborales y el cuidado familiar como ser la maternidad, la paternidad y la lactancia.
Por último, el decreto prohíbe considerar diferencias o fundamentar la existencia de brecha salarial en aspectos vinculados directa o indirectamente con el hecho de ser mujer, por embarazo, maternidad, paternidad, lactancia y responsabilidades familiares.
Incluso se establece que la tolerancia y la flexibilidad de horarios para asistir a actos procesales y otros, por mujeres en situación de violencia y testigos, no justificará la existencia de brecha salarial y no deberá ser empleado para aplicar criterios de discriminación.