Cámara aprueba idea de legislar para el retiro de hasta un 10 por ciento de los fondos de pensiones
Tras un áspero debate, los diputados votaron la iniciativa por 95 a favor, 25 en contra y 31 abstenciones.
La cámara de Diputados aprobó hoy, con 95 votos a favor, 25 en contra y 31, la idea de legislar de la iniciativa que permitiría el retiro anticipado de hasta el 10 por ciento de los fondos individual del sistema de pensiones.
La iniciativa contó con el respaldo de 13 parlamentarios del oficialismo, los que habían sido sometidos a una fuerte presión desde La Moneda para que lo hicieran en contra o se abstuvieran, como el fue el caso del presidente de RN, Mario Desbodes.
Votaron a favor de la iniciativa los diputados Alvarez Salamanca (UDI); Andres Celis (RN); Eduardo Durán (RN); Ramon Galleguillos (RN); Aracely Leuquen (RN); Celso Morales (UDI); Christian Moreira (UDI); Erika Olivera (RN); Pablo Prieto (RN); Hugo Rey (RN); Leonidas Romero (RN) y Virginia Troncoso (UDI).
El Congreso vivió hoy una intensa jornada, desde la 10 de la mañana, con un áspero debate y polémicas, especialmente cuando los diputados opositores obligaron a los ministros a entrar a la sala y no continuar haciendo lobby en las oficinas, pasillo o comisiones.
La norma aprobada, que seguirá su tramitación en la Comisión de Constitución y luego volver a la sala, propone autorizar a los afiliados del sistema privado de pensiones, por una única vez, a retirar hasta el 10% de los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual de cotizaciones obligatorias, estableciéndose como monto máximo de retiro el equivalente a 150 unidades de fomento (4 millones 300 mil pesos aprox.) y un mínimo de 35 unidades de fomento (un millón de pesos).
La iniciativa, que requería del voto de las tres quintas partes de los diputados en ejercicio (93 votos afirmativos), había sido cuestionada por el Ejecutivo, con el argumento de que debilita el derecho al sistema de seguridad social, establece en su articulado que, excepcionalmente y para mitigar los efectos sociales derivados del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública decretado a causa del Covid-19, se autorizará a los afiliados del sistema privado de pensiones a retirar el señalado porcentaje de su ahorro previsional.
En el evento de que el 10% de los fondos acumulados sean inferiores a las 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta dicho monto. En tanto, en el caso de que los fondos acumulados en su cuenta de capitalización individual sean inferiores a 35 UF, el afiliado podrá retirar hasta la totalidad de los recursos acumulados en dicha cuenta.
La entrega de los fondos acumulados y autorizados para retiro se efectuará de la siguiente manera:
El 50% en un plazo máximo de 10 días hábiles de presentada la solicitud ante la respectiva administradora de fondos de pensiones a la que pertenezca el afiliado. El 50% restante, en el plazo máximo de 30 días hábiles a contar del desembolso anterior.
Fondo solidario de pensiones
La iniciativa, además, crea el Fondo Colectivo Solidario de Pensiones, que se financiará con aportes de los empleadores y del Estado, y cuyo objetivo será financiar bajo criterio de progresividad los complementos de pensiones que serán necesarios producto de los montos retirados conforme al derecho que establece esta disposición transitoria.
Para estos efectos, el Presidente de la República, en el plazo de un año desde publicada esta reforma, deberá enviar un mensaje al Congreso Nacional en el cual se propondrá la forma y financiamiento del Fondo Colectivo Solidario de Pensiones.
La administración de este fondo será realizada por una entidad pública y autónoma de forma directa y solidaria, procediendo al momento de la jubilación del afiliado a complementar la pensión en la forma que señale la ley respectiva, con el objeto de que el retiro de fondos que autoriza esta disposición transitoria no afecte el derecho a la seguridad social establecido por la Constitución.
La entidad pública y autónoma que administre el Fondo Colectivo Solidario de Pensiones deberá velar porque las inversiones que se hagan con cargo a esos recursos sean realizadas promoviendo la sostenibilidad económica, social y medioambiental del Estado.