Justicia confirma indemnización a familiares de víctimas de Tsunami en Llolleo y Constitución
La Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar indemnización a los familiares de una serie de víctimas del tsunami del 27 de febrero de 2010 en las localidades de Llo Lleo y Constitución.
En la sentencia (rol 33.827-2019) la Tercera Sala del máximo tribunal -integrada por los ministros Sergio Muñoz, María Eugenia Sandoval, Carlos Aránguiz, Ángela Vivanco y Leopoldo Llanos- confirmó la sentencia que rechazó la prescripción de la demanda.
La acción fue interpuesta por varios familiares de víctimas del tusnami con el fin que se declarara «la responsabilidad del Fisco de Chile por falta de servicio a consecuencia de la cual se habrían producido los fallecimientos de sus respectivos parientes, con motivo del tsunami del 27 de febrero del año 2010».
La demanda, que había sido rechazada en primera instancia, fue acogida por la Corte de Apelaciones, ya que consideró que no estaba prescrita y que le parecía «evidente que si se hubiere decretado oportunamente la alerta de tsunami emitida por el SHOA, habría existido al menos la posibilidad que las víctimas hubieran podido ser advertidas y hubieran podido evacuar a tiempo salvando sus vida, conclusión que se ve corroborada por el testimonio del fiscal señor Andrés Castellanos que declaró en autos como testigo».
El fisco, sin embargo, apeló de la misma al máximo tribuna, pero este decidió mantenerla a firme y obligar al estado a pagar indemnizaciones que van desde los 30 a los 60 millones, de acuerdo al daño moral producido, a cada uno de los querellantes.