Cámara aprueba acusación constitucional contra intendente Guevara
El proceso ahora deberá pasar al Senado, en donde una comisión defenderá la acusación constitucional. El acusado, en tanto, quedará suspendido en sus funciones desde este momento, acto que cesará solo si el Senado desestima la acusación o si no se pronuncia dentro de los treinta días siguientes.
Después de un intenso debate y análisis de cerca de cuatro horas, la Sala de la Cámara de Diputados aprobó la admisibilidad de la acusación constitucional en contra del intendente de la región Metropolitana, Felipe Guevara.
Conforme a las normas vigentes, el proceso ahora deberá pasar al Senado, en donde una comisión, compuesta por Alejandra Sepúlveda (FRVS), Diego Ibáñez (CS) y Jaime Naranjo (PS). defenderá la acusación constitucional. El acusado, en tanto, quedará suspendido en sus funciones desde este momento, acto que cesará solo si el Senado desestima la acusación o si no se pronuncia dentro de los treinta días siguientes.
El debate de esta segunda jornada, tras el rechazo de la cuestión previa, se inició con la participación de la diputada Alejandra Sepúlveda (FRVS), en representación de la comisión encargada de analizar la admisibilidad del libelo, que recomendó su aprobación.
En su intervención, la legisladora detalló los informes internacionales de DDHH en los que se sustentó la acusación, los antecedentes fácticos y puso énfasis en la estrategia de copamiento y las declaraciones de “tolerancia cero” del intendente, señalando que no habría manifestaciones no autorizadas.
Describió las violaciones a los DDHH ocurridas tras el copamiento usado el 20 de diciembre, frente a lo cual el intendente informó que lo seguiría aplicando. Tal fue el caso del 27 de diciembre, ocasión en que se produjo el incendio del cine arte Alameda y la muerte de Mauricio Fredes. Luego, comentó a la Sala que el intendente, tras lo ocurrido, cambió su discurso, señalando que la estrategia es de Carabineros, desligándose de su responsabilidad.
La diputada aseguró que el intendente vulneró la Constitución al promover la estrategia de copamiento y el principio de legalidad, al disponer de cerca de mil efectivos de carabineros en un lugar, no cumpliendo el objetivo de orden público. “Al contrario, se desprotegió a la población”, aseguró, agregando que su uso fue “ineficaz, ineficiente y desproporcionado”.
Para la legisladora, “esta manifestación ha sido la más amplia, populosa en la historia de Chile” y que no se realizó en un contexto cualquiera, sino en un momento de crisis, donde han ocurrido violaciones a los DDHH. “Por eso que es irracional plantear que el copamiento preventivo se puede comparar con un partido de fútbol. ¡Qué irracionalidad!”, criticó.
Defendió la importancia del derecho a reunión como un “catalizador de las demandas sociales” y aseguró que el problema del copamiento preventivo “es que no distingue entre quienes son pacíficos de quienes no”.
En sus palabras finales, la parlamentaria criticó que, en ninguna parte de la defensa aparecieran las palabras “derechos humanos”, “como si eso no existiera, como si no fuera gravitante”. Frente a esto, aseguró que “hay un deber ético” y que la Cámara “no puede ser cómplice en la vulneración de los DDHH”, y en este caso se estaría “frente a una vulneración de DDHH innegable.
Finalmente, señaló que el intendente tiene una responsabilidad “política y constitucional”, por lo cual llamó a las y los diputados a apoyar la acusación constitucional.
Defensa
En representación del intendente Guevara, el abogado Rodrigo Ávila solicitó el rechazo de la acusación. «No es posible imputarle ninguna de las infracciones que acá se atribuyen», remarcó, entregando diversos argumentos de orden jurídico y facticos para apoyar su posición.
Respecto de los informes internacionales, recordó que en ellos no se imputa al intendente una relación directa respecto de su actuar con el resultado de, por ejemplo, lesiones oculares. En este plano, pidió que se especifique la culpabilidad en los preceptos constitucionales, lo que implica acreditar una infracción constitucional, personal, directa, grave y causal por la vía de un acto administrativo y no por una asociación arbitraria entre un tweet y la afectación de los derechos de expresión y de manifestación.
Como contexto de la cuestionada frase de «tolerancia cero», mencionó las acciones destinadas a resguardar los derechos de los propios manifestantes pacíficos, así como de las 69 mil personas que se vinculan con el sector de plaza Italia, donde han visto vulneradas sus garantías de libre paso, seguridad, comercio, culto y de resguardo a su integridad física y sicológica.
Sostuvo que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos establece límites al derecho a reunión, que pasa por el resguardo de la seguridad nacional y pública, el resguardo del orden público, la salud y derechos y libertades de los demás habitantes.
Recalcó que el intendente Guevara no ha emitido ningún documento autorizando o restringiendo las manifestaciones sociales, aludiendo con ello a la aplicación del DS 1086, sino que se limitó a dar «su conformidad» a las organizaciones que lo solicitaron, incluso pese a que Carabineros expresó en dichas solicitudes su parecer contrario.
«El intendente no ocupó ni ejecutó ningún acto formal en razón del DS 1086 los días 20 y 27 de diciembre», puntualizó, recordando que la norma está plenamente vigente, conforme ha testiguado la Contraloría, y que ha sido usado por todos los gobiernos, pese a las recomendaciones internacionales.
En cuanto al copamiento, dijo que está acreditado que corresponde a una táctica policial, como lo atestiguaron los generales Mario Rozas y Enrique Bassaletti, y que no hubo de parte del intendente un acto formal administrativo para instruirlo los días 20 y 27 de diciembre, con el objeto de impedir el derecho de reunión, de expresión y el principio de legalidad. «¿Cuál es acto administrativo, formal, donde se plasma la supuesta prohibición que se le atribuye a este intendente?», cuestionó.
Asimismo, mencionando el testimonio de los citados generales de Carabineros, dijo que el copamiento es un procedimiento, establecido en los protocolos policiales, que tiene como finalidad evitar que se desarrollen actos violentos que puedan afectar al resto de los manifestantes o a las personas o bienes que se encuentran en el lugar.
Finalmente, entre otros puntos, criticó que se imputen actos respecto de los cuales la Fiscalía aún no tiene conclusiones y sobre los cuales existen testimonios contradictorios; mencionó la ausencia de recursos de protección de parte algún manifestante que no haya podido ejercer su derecho a reunión los dos días citados; y que no se acreditara con datos específicos que el copamiento en plaza Italia haya provocado que Carabineros no pudiera estar presente en otras comunas para pesquisar ilícitos.
Tras estas exposiciones, se generó un amplio debate en el cual intervinieron los/as diputados/as Jorge Alessandri (UDI), Carmen Hertz (PC), Catalina Del Real (RN) Carolina Marzán (PPD), Ricardo Celis (PPD), Karim Bianchi (IND), Sebastián Torrealba (RN), Tomás Hirsch (PH), Luciano Cruz-Coke (EVO), Karin Luck (RN), Alejandro Santana (RN), Raúl Zaldívar (PS), Gonzalo Winter (CS), Claudia Mix (Comunes), Esteban Velásquez (FRVS), Paulina Núñez (RN), Francisco Eguiguren (RN), Jaime Bellolio (UDI), Gabriel Ascencio (DC), Álvaro Carter (UDI), Jorge Rathgeb (RN), Mario Desbordes (RN) y Natalia Castillo (RD).