Derecho penal: el nuevo opio del pueblo y de las élites
¿Podemos confiar en el efecto pedagógico del castigo si exclusivamente nos concentramos en el infractor?
Por Miguel Schurmann y Miguel Chaves, abogados*
Vivir en sociedad supone asumir cierto nivel de conflictos y desavenencias. De los conflictos sociales, entre los más graves se sitúan aquellos que adquieren relevancia penal, en donde se ha diseñado un sofisticado sistema para que sean “procesados”. Hemos transitado para ello desde la inquisición al debate en igualdad de armas, desde la tortura al derecho a guardar silencio, de objetos del proceso a sujetos con derechos y garantías. Queremos vanagloriarnos de haber diseñado un sistema racional, público, contradictorio, respetuoso de la dignidad de las personas. Pero ¿es verdad tanta civilización? ¿cuál es el rendimiento real de estos procesos?
¿Qué tienen en común los casos que hemos conocido, en los que se han investigado desde gendarmes, funcionarios del Sename, Carabineros, a dirigentes políticos?, ¿o la supuesta comisión de abusos sexuales por parte y en contra de menores que ni siquiera alcanzan los 14 años? Todos ellos reflejan un hecho indesmentible: que las herramientas del derecho penal y del proceso penal son incapaces, por lo pronto, de evitar que los delitos se sigan cometiendo, pero fundamentalmente ineficientes para modificar prácticas culturales e instituciones, pues para ello se requiere la elaboración de políticas públicas. Pero, además, todos esos casos dejan de manifiesto, en una sociedad mediatizada y “gobernada” por las redes sociales, que la elaboración de políticas públicas no puede discutirse “desde” ni “al amparo” de hechos criminales. Es que en realidad en los casos citados quedó demostrado que el “tratamiento penal” del conflicto deja en evidencia la incapacidad del derecho penal como medio de resolución de conflictos sociales, especialmente de los futuros. Sin embargo, esto no parece ser acogido por quienes, equivocadamente en nuestra opinión, intervienen en la discusión y proponen frente a dichos fenómenos mayores dosis de punición como único o principal remedio, invisibilizando las discusiones de fondo.
¿Alguien cree sensatamente que los niños del Sename o los privados de libertad dejarán de padecer vejaciones de distinto tipo solo mediante la sanción de un funcionario? Qué duda cabe de que tanto Gendarmería como el Sename constituyen instituciones que no han recibido una atención adecuada de nuestros representantes políticos en los últimos años, ni menos aún han sido instituciones particularmente privilegiadas en la repartición de recursos públicos. ¿Podemos confiar en el efecto pedagógico del castigo si exclusivamente nos concentramos en el infractor?
La confianza desmedida en el sistema de justicia criminal (y al sistema judicial en su conjunto), como el lugar privilegiado y, hoy por hoy, exclusivo y excluyente para abordar la solución de los problemas sociales subyacentes a la comisión de los delitos, es una demostración adicional en cuanto a que se sigue utilizando a la herramienta penal como una poderosa arma.
Si algo ha demostrado la historia, es que los problemas sociales no pueden ser solucionados con la sola ayuda del garrote.
*Puedes ver a ambos profesionales en El Periodista TV pinchando aquí