TOP de Rancagua condena a Natalia Compagnon por «delito tributario»

La justicia chilena condenó a la nuera de la expresidenta Michelle Bachelet por delitos tributarios.

«Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua (centro) condena a Natalia Compagnon por delito tributario», informó el Poder Judicial de Chile a través de su cuenta de la red social Twitter.

Compagnon, esposa del hijo mayor de Bachelet, Sebastián Dávalos, fue condenada luego de tres años y medio de investigaciones y audiencias en el marco del denominado Caso Caval, que la vincula con una venta irregular de terrenos entre los años 2012 y 2015.

Los tres jueces del tribunal de Rancagua condenaron de manera unánime a Compagnon, y a la vez absolvieron a su socio, Mauricio Valero del delito de soborno que se le imputaba.

En forma unánime (causa rol 148-2018), el tribunal –integrado por los magistrados Paulina Chaparro Bossy (presidenta), Joaquín Nilo Valdebenito (redactor) y Sergio Allende Cabeza– tras la deliberación de rigor, decretó la absolución de Mauricio Valero Illanes y la empresa Sociedad Exportadora y de Gestión Caval Limitada, como persona jurídica, por la insuficiencia de las pruebas presentadas por los acusadores que permitieran dar por acreditada la existencia del delito y la participación de los acusados.

«Con el mérito de la prueba antes reseñada, se puede tener como un hecho cierto que la empresa CAVAL, a través de sus socios, presentó ante el Servicio de Impuestos Internos, para los años tributarios 2013, 2014 y 2015, declaraciones de impuestos en las cuales se contemplaron como gastos reflejados en al menos una factura ideológicamente falsa, servicios que en realidad nunca se prestaron», sostiene el acta de deliberación.

Dictamen que agrega: «Corresponde ahora referirse al segundo de los requisitos de configuración del delito tributario imputado, o sea, la «malicia» en la presentación de la declaración falsa, esto es, que el propósito del contribuyente sea defraudar al Fisco».

«La doctrina y jurisprudencia mayoritaria –continúa–, han arribado a la conclusión que el tipo penal requiere dolo directo, estos es, la presentación de la declaración debe tener por finalidad la intención precisa de afectar el patrimonio fiscal, bien jurídico protegido por la norma. Este tribunal desde ya afirma que comparte esta posición y razonará en base a este elemento subjetivo concurrente en la actuación de la acusada Natalia Compagnon».

La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el juez Joaquín Nilo– quedó programada para las 13 horas del próximo martes 24 de julio.

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El Periodista